Dos importantes clínicas de Colombia fueron multadas por abusos a pacientes en precios de medicamentos

La Superintendencia de Industria y Comercio halló que uno de los centros médicos comercializó fármacos por encima de los precios permitidos.
Medicamentos
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La Dirección de Investigaciones de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha tomado medidas contra la comercialización de medicamentos a precios superiores a los establecidos por las regulaciones del país. En esta ocasión, la sanción recayó sobre la IPS Clínica de la Mujer S.A.S. y la Fundación Oftalmológica de Santander (FOSCAL), por incumplir las normativas fijadas por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.

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De acuerdo con las investigaciones, la Clínica de la Mujer S.A.S. comercializó 42 medicamentos por encima de los precios permitidos por la Circular 12 de 2021. Entre los casos más graves se encuentra el medicamento MICARDIS - Telmisartan 80mg/1U, cuyo precio permitido era de $977,29 por unidad, pero se vendió a $11.361,00, superando el límite en un 1.062%. Además, se registraron sobrecostos en otros medicamentos como RISPERDAL y ZINACEF, con incrementos de hasta el 1000% y 611%, respectivamente.

Por su parte, la Fundación Oftalmológica de Santander (FOSCAL) también incurrió en prácticas irregulares, vendiendo 31 medicamentos por encima de los precios establecidos. Uno de los casos más representativos es el medicamento Remodulin - Treprostinilo 100mg/20ml (5mg/1ml), utilizado en el tratamiento de la hipertensión arterial pulmonar, cuyo precio se duplicó, alcanzando un sobrecosto del 99.38%. El precio permitido de este medicamento era de $29.719.693,79 y se comercializó por $59.253.750.

Estas prácticas de sobrecostos afectan directamente el acceso oportuno de los pacientes a medicamentos esenciales, en especial aquellos que requieren tratamientos de alto costo, como los relacionados con enfermedades graves. La Superintendencia de Industria y Comercio ha señalado que estas irregularidades ponen en riesgo la salud y la vida de los pacientes, al dificultar su acceso a tratamientos vitales.

La Superintendencia reafirmó su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, en particular la salud, y destacó que las sanciones impuestas buscan disuadir conductas similares. Las multas son de $712.647.276 para la Clínica de la Mujer S.A.S. y de $372.202.588 para la Fundación Oftalmológica de Santander (FOSCAL). La entidad recordó que el cumplimiento del régimen de control de precios es obligatorio para todos los actores de la cadena de comercialización de medicamentos y continuará trabajando para garantizar un sistema de salud justo y eficiente.

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"El cumplimiento del régimen de control de precios es obligatorio para todos los agentes de la cadena de comercialización", señaló la Superintendencia. Las decisiones tomadas son apelables mediante los recursos de reposición y apelación conforme a la ley.


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