Por: La FM

¿Deben los hijos pasar cuota alimentaria a los padres de la tercera edad?

La protección para el adulto mayor es una responsabilidad que el estado en Colombia ha manejado y que muchas personas desconocen; pues su manutención es tan importante y tan obligatoria en familiares, que presentar un descuido, puede traer sanciones a los mismos. 

En ese sentido, si los padres de un hijo necesitan cuidados especiales por su avanzada edad, deben ser en primera instancia y primordialmente de los hijos, pues son ellos quienes deben hacerse responsables de todas las atenciones que ellos requieran. 

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No obstante, esto no será solo responsabilidad de ellos, ya que el derecho de una cuota alimentaria también rige obligación en nietos, hermanos o compañero sentimental permanente. 

Esto sucede al igual que con los menores de edad, donde se debe evidenciar un vínculo con la persona, y la necesidad de la misma

Por ende, si un hermano ve que su pariente no está atendiendo de manera oportuna las necesidades de su padre o madre, adulto mayor, puede acudir a una entidad gubernamental para que se fije una cuota mensual.

Según la ley, el monto a pagar para la cuota mensual de los padres que lo requieran se da a partir de las necesidades del adulto mayor que se basan en comida, necesidades básicas, arriendo, entre otras, esta se calcula a partir de la capacidad económica de los familiares.

s decir, que según los salarios que devenguen, asimismo será el monto requerido asignado por un juez de familia. 

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