Cambio en el SOAT y la revisión técnico-mecánica: así impactará a los conductores

Conducir exige conocer y cumplir las normas de tránsito, actualizarse sobre cambios en el reglamento y evitar sanciones que afecten la movilidad.
SOAT
Conocer las normas de tránsito y estar al tanto de las actualizaciones es clave para una conducción segura y responsable. Crédito: Colprensa

Comprender las normas de tránsito es fundamental para todos los conductores, pues eso fomenta un comportamiento respetuoso y ordenado, que previene accidentes y los protege a ellos y a todos los actores de la vía.

Así mismo, es importante que se mantengan actualizados acerca de las modificaciones en el reglamento, pues ello les permite no cometer infracciones o impedir sanciones indebidas.

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Justamente, una reciente actualización por cuenta de un fallo del Consejo de Estado trajo un sustancial cambio en las normas de tránsito, particularmente en lo que rige al cambio del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) y la revisión técnico-mecánica, por lo que es importante que todos los conductores tengan conocimiento.

SOAT
Una reciente decisión del Consejo de Estado modificó aspectos del SOAT y la revisión técnico-mecánica.Crédito: Colprensa

Este es el cambio en la norma respecto al SOAT y la revisión técnico-mecánica

El fallo del Consejo de Estado eliminó la potestad que tenían los agentes de tránsito para imponer multas a vehículos sin SOAT o revisión técnico-mecánica vencidos, basándose únicamente en la información registrada en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).

Antes, las autoridades podían imponer una multa automáticamente si el sistema del RUNT indicaba que el SOAT o la revisión técnico-mecánica de un vehículo no estaban vigentes. Esta sanción se aplicaba sin importar si el vehículo estaba en uso o guardado.

Pero gracias a la decisión del tribunal, una multa por estos conceptos solo puede ser impuesta si un agente de tránsito constata en la vía que el vehículo está circulando sin los documentos requeridos al día. Un simple registro administrativo que muestre un documento vencido en el RUNT ya no es prueba suficiente para generar una sanción.

El tribunal determinó que este mecanismo de sanción era ilegal porque contradecía directamente lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito, pues la ley indica que las sanciones solo pueden ser impuestas cuando un agente de tránsito sorprende al vehículo en movimiento, es decir, mientras está circulando.

Revisión técnico mecánica
El Consejo de Estado estableció que las multas por SOAT o revisión técnico-mecánica vencidos solo aplican si el vehículo circula, no por registros en el RUNT.Crédito: Colprensa

Adicionalmente, el Consejo de Estado recordó que el Ministerio de Transporte no tiene la facultad de ordenar a las autoridades de tránsito imponer multas únicamente basándose en los datos del RUNT, determinando que dicha directiva excedía sus competencias.

Por otra parte, el Consejo de Estado argumentó que el objetivo primordial tanto del SOAT como de la revisión técnico-mecánica es garantizar que los vehículos que circulan por las vías del país cumplan con unas condiciones mínimas de seguridad.

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De tal manera que sancionar a un vehículo que se encuentra detenido o fuera de circulación contradice la intención original de la ley, que es velar por la seguridad vial de los vehículos en movimiento. Un vehículo que permanece guardado en un garaje, aunque sus documentos estén vencidos, no representa un riesgo para la seguridad vial.

Así mismo, el tribunal determinó que un dato en el sistema RUNT es solo un registro administrativo, no una prueba concluyente de que el vehículo esté en circulación. En esos casos, sancionar basándose únicamente en esta información fue considerado un "exceso que no respeta la ley".


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