Confirman fecha para que Tribunal anuncie fallo de apelación de la condena contra el expresidente Álvaro Uribe

Las partes inconformes con el fallo de segunda instancia podrán instaurar el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema.
Expresidente Álvaro Uribe Vélez | juicio | Presunto soborno a testigos | Bogotá | Abril 2024
El Tribunal Superior de Bogotá anunciará sentencia de apelación contra Álvaro Uribe Vélez el próximo martes 21 de octubre en audiencia virtual. Crédito: Colprensa

El Tribunal Superior de Bogotá programó para el próximo martes 21 de octubre, a partir de las 8 de la mañana, la fecha en la que anunciara en audiencia virtual la sentencia de la apelación de la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

En la citación realizada por el magistrado ponente Manuel Antonio Merchán, se les pide a las partes asistir con 10 minutos de antelación a la hora prevista, con el fin de realizar las pruebas de conectividad y funcionamiento técnico.

En la diligencia se hará lectura a la decisión de segunda instancia que podría ser ratificando la sentencia, reduciendo el monto de la condena o absolviendo de los cargos al exmandatario.

Cabe recordar que en el fallo de primera instancia de 1.114 páginas, emitido por la juez 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia, condenó a 12 años de prisión domiciliaria al expresidente Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal y lo absolvió del delito soborno simple.

Este fallo de segunda instancia fue adoptado este martes en una sesión de trabajo de la sala penal número 19, integrada por parte de los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez; Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto y con la respectiva acta de aporbación de la decisión se suspendió el terminó de prescripción del proceso, cuya fecha límite era este 16 de octubre.

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“En sesión de hoy, catorce (14) de octubre de 2025, la Sala de decisión penal número 19, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, integrada por los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez; Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto, mediante acta n°135, aprobó la decisión de segunda instancia, que resolvió el recurso de apelación interpuesto por la defensa (material y técnica) y el delegado del Ministerio Público, contra el fallo emitido por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, dentro del radicado 110016000102202000276-09, acusado, Álvaro Uribe Vélez. La fecha de lectura de la decisión se comunicará en forma oportuna a las partes e intervinientes”, anunció en un comunicado el Tribunal Superior de Bogotá.

Sobre este caso, los magistrados revisaron los argumentos expuestos,a través de un extenso escrito de 904 páginas, por la defensa que planteó que en su fallo de condena la juez 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia, incurrió en “una serie de errores de hecho y de derecho a partir de apreciaciones notoriamente sesgadas, que comprometieron gravemente la integridad del acierto y la legalidad de la mencionada decisión judicial en menoscabo de los intereses y la presunción de inocencia del doctor Álvaro Uribe Vélez”.

En el escrito de apelación, la defensa aseguró al Tribunal que "la presente impugnación tenía como finalidad que el superior funcional revise con detenimiento los yerros aquí señalados y restablezca las garantías y derechos afectados, a partir de los siguientes ejes argumentativos constitutivos de errores judiciales".

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Así mismo, la defensa insistió en que hay una serie de pruebas técnicas, documentales, y testimoniales que permiten ampliamente desmostar que el expresidente nunca determinó, ni impartió instrucción alguna para presionar o sobornar a testigos.

En el contexto de esta apelación el abogado Jaime Granados, en su momento, dejó en claro que ni la defensa, ni el propio expresidente Uribe se valieron de maniobras dilatorias para afectar el curso del proceso penal en su contra como lo señala la juez de primera instancia.

Este recurso se sumó a la tutela que también fue instaurada en su oportunidad por la defensa en la que se señaló que dicha sentencia “trasgredió de forma grave los derechos fundamentales a la dignidad, debido proceso, presunción de inocencia y libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez, al haber ordenado la privación de su libertad de forma inmediata a pesar de que la condena proferida, en su contra, no se encuentra en firme”.

Así mismo, la Judicatura creó tres despachos transitorios en el Tribunal parea que atiendan procesos distintos al del expresidente, con el fin de que de los magistrados a cargo de este caso se pudieran dedicar a resolver de manera exclusiva la apelación de la defensa del exmandatario.

Cabe recordar que el pasado 25 de agosto, el propio expresidente Uribe envió una carta al despacho del magistrado ponente Manuel Antonio Merchán, en la que renunció de manera voluntaria a la prescripción del proceso en su contra y afirmó que nunca ha buscado beneficiarse bajo este camino argumentando que el objetivo era que el Tribunal Superior de Bogotá profiera un fallo de segunda instancia, que independientemente de su sentido, fuera resultado tras un análisis sereno, ponderado e integral de la prueba.

Una vez se haga lectura del fallo de apelación de la condena, las partes inconformes instauren el correspondiente recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia, que tendrá un término de hasta cinco años para adoptar una decisión definitiva frente a este que es considerado el proceso del siglo.


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