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Gobierno sí evalúa posibles objeciones a ley estatutaria de la JEP, dice Miguel Ceballos

El comisionado de Paz afirmó que el presidente Duque está en su derecho de objetar la norma por inconveniencia.

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Actualizado:
Martes, Febrero 19, 2019 - 12:39
Miguel Ceballos Arévalo
Miguel Ceballos Arévalo, alto comisionado para la Paz.
Foto: Colprensa

Durante una audiencia en las Comisiones de Paz del Congreso de la República, el Gobierno Nacional dejó claro que el presidente Iván Duque puede objetar la ley estatutaria de la JEP, por motivos de inconveniencia.

El comisionado de paz, Miguel Ceballos, le salió al paso a quienes aseguran que el Gobierno podría estar incumpliendo una sentencia de la Corte Constitucional si no sanciona la ley.

Ceballos confirmó que la Secretaría Jurídica de la Casa Nariño sí está evaluando la posibilidad de presentar algunas objeciones.

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El presidente tiene una prerrogativas que le confiere la Constitución y la ley y dentro de esas prerrogativas también tiene un plazo para analizar todas las implicaciones que se relacionan en este caso con la ley estatutaria”, señaló.

“Ese derecho y ese deber puede ejercerlo el presidente y Colombia debe ser respetuosa. En ese sentido nuestro Gobierno está analizando la posibilidad de unas objeciones”, añadió Ceballos.

Por su parte, la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, confirmó que los reparos presentados por la Fiscalía a la ley estatuaria de la JEP, hacen parte del análisis que hace el Gobierno.

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“Son nuevos elementos para ser considerados en el estudio de este tema. Esos elementos están en estudio a la luz del proyecto de ley y del análisis que hizo la Corte Constitucional”, manifestó.

El alto consejero para el posconflicto, Emilio Archila, aseguró que el presidente Duque puede tomarse los 20 días de plazo que tiene, para definir este tema.

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“Es un tema que estamos analizando y en este momento estamos dentro de los 20 días que nos otorga la ley y estamos haciendo los estudios”, manifestó. 

Fuentes han indicado que los reparos del fiscal son de carácter jurídico y por ende no podrían ser utilizados como argumento para objetar la ley estatutaria de la JEP, ya que son temas sobre los cuales ya se pronunció la Corte Constitucional.

El plazo para que el presidente firme o no la norma vence aproximadamente el 11 de marzo, cuando se cumplen los 20 días que le otorga la legislación.

Fuente:
Sistema Integrado de Información