Aprueban dos artículos en la sesión de la reforma a la salud

Hasta el momento han sido aprobados 75 artículos y ocho han sido eliminados de la reforma a la salud.
Congreso de la República
Congreso de la República Crédito: Colprensa

En medio de candente ambiente político se reinició la discusión del articulado del segundo debate de la reforma a la salud en la plenaria de la Cámara de Representantes.

Con voces a favor y en contra el debate arrancó tras cuatro horas y media de discusiones que incluyó una pancarta en contra del presidente Gustavo Petro, lo que obligó a sacar a los asistentes a las barras del congreso.

Gran parte de la discusión estuvo enfocada en los Artículos 38 y 47 que fueron los únicos aprobados con proposiciones avaladas en el marco del debate.

Hasta el momento han sido aprobados 75 artículos y ocho han sido eliminados. El debate fue levantado ante la falta de quórum lo que obligó que fuera citado para este miércoles a las 9 de la mañana.

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Estamos en un tránsito y hoy quiero felicitar a los parlamentarios que están haciendo su trabajo, que han discutido con claridad la reforma y que logramos también dar paso adelante y poco a poco vamos a ser capaces de demostrarle al país que estamos en condiciones de hacer una reforma que le permita a los colombianos tener la salud que se merecen”, señaló el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo.

Recalcó que la reforma le apunta a que la salud no sea un negocio como lo es en la actualidad. “El año entrante va hacer un regocijo de 94 billones de pesos (…) cuando va a dejar de ser un negocio los que lo tienen que son unos pocos y que se han beneficiado y que están inmensamente ricos y eso no hay problema, pero que si beneficio nos ha dejado un reguero de deudas con una cantidad de personas un atender es grave”, señaló.

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Estos son los artículos aprobados:

Artículo 38. Elaboración y aprobación del presupuesto de las Instituciones de Salud del Estado – ISE, las cuales se regirán por presupuestos, según los estándares definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

“Tales presupuestos obedecerán a la estandarización de los servicios ofrecidos según las tipologías de los territorios para la gestión en salud que defina el Ministerio de Salud y Protección Social”, indicó.

Artículo 47. Plan Nacional de Equipamiento en Salud. El Ministerio de Salud y Protección Social estructurará un Plan decenal de Equipamiento y dotación en Salud con criterios de equidad regional, con la participación de las Direcciones Territoriales de Salud, quienes deberán presentar cada cuatro (4) años los planes de inversión en infraestructura y dotación, en concordancia con el período de gobierno, y podrán hacer ajustes a dichos planes por contingencias que ameriten una revisión y ajuste. Este plan se financiará con recursos específicos de la Adres.


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