Apps de préstamos estaría amenazando de muerte a sus clientes

La Corte Constitucional lanzó un llamado a la Superintendencia de Industria sobre este tipo de aplicaciones.
Referencias amenazas de muerte.
Referencias amenazas de muerte. Crédito: Archivo

Un joven barranquillero denunció ante la Fiscalía General de la Nación que fue víctima de mensajes intimidatorios, por parte de una aplicación que se utiliza para solicitar préstamos de dinero.

De acuerdo con el denunciante, el pasado 3 de marzo comenzó a recibir amenazas de muerte e intentos de extorsión, a través de mensajes vía Whatsapp, donde le cobran el dinero prestado sin haber llegado la fecha de vencimiento.

"Me había ido bien la primera vez con la aplicación, por eso la seguí usando después. Dan seis días para pagar y por ser la primera ocasión, hasta ofrecen promociones para prestar más luego. Pero, cobran el 66% por intereses en la tarifa de servicio. La segunda vez fue el 29 de marzo y hasta el 4 de abril tenía plazo para reembolsar", sostuvo.

Relató además que "resulta que un día antes, comienzan a presionarme, como les respondí inconforme y los bloqueé, me siguieron escribiendo desde otros números, todos de Ecuador y lo peor llegó cuando hicieron un montaje de que era un violador con foto de mi cara y resto de mi cuerpo hasta la barriga y se supone que solo era el rostro por requisito de seguridad. Hasta tienen todos mis contactos porque los piden para continuar con el acceso al inicio cuando se descarga. Imágenes sexuales venían incluidas para que creyeran que era yo realmente".

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Cabe recordar que, a principios de este año, la Corte Constitucional lanzó un llamado a la Superintendencia de Industria y Comercio a realizar seguimientos a las quejas relacionadas con aplicaciones que ofrecen préstamo de dinero.

Según el alto tribunal, las entidades crediticias tienen el derecho a reclamar deudas, pero tienen límites que prohíben prácticas abusivas y que infrinjan los derechos al buen nombre, la honra, la intimidad y el habeas data.

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Específicamente, la Corte determinó que los mecanismos de cobranza deben ejercerse de manera que no generen actuaciones arbitrarias, intimidatorias o difamatorias, y que cualquier divulgación de datos debe limitarse a las partes con un interés legítimo.


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