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Consejo de Estado niega demanda de pérdida de investidura contra el senador Musa Besaile

El alto tribunal determinó que la acción judicial no cumplió con los requisitos exigidos.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Marzo 27, 2018 - 07:08
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Musa Besaile / Colprensa

LA FM conoció en primicia que la Sala Plena del Consejo de Estado inadmitió la demanda de pérdida de investidura en contra del senador Musa Besaile Fayad. El alto tribunal consideró que la acción judicial no cumplió con los requisitos exigidos por la ley.

En la demanda, presentada por el ciudadano Eduardo Carmelo Padilla, se señala que el congresista del Partido de La U aprovechó su poder electoral en el departamento de Córdoba para controlar la entrega de cupos indicativos en la región.

Para sustentar la acción judicial, citó varios registros de medios de comunicación que denunciaban que el senador del Partido de La U “decidió focalizar sus solicitudes a Palacio en las pequeñas carreteras en el que presuntamente le compraba a otros senadores los cupos indicativos recibidos en este rubro para el ejecutarlos”.

En la demanda se agrega que “el Senador Musa, al aprobar los cupos indicativos y demás proyectos del Gobierno y no declararse impedido en la votación por ejemplo del presupuesto nacional, incurrió en esta causal, pues estuvo movido por intereses personales que el asistía, ante las prebendas que del ejecutivo recibía por la apropiación del proyecto”.

Por estos hechos señalaba que el senador, quien logró una de las más altas votaciones en los comicios del 2014, incurrió en los delitos de tráfico de influencias y conflicto de intereses hecho por el cual se le debía decretar la “muerte política”.

En el debate jurídico, el alto tribunal consideró que se presentaron fallas de forma y de fondo que le impiden si quiera pronunciarse sobre las pretensiones de la demanda puesto que solamente se hacen menciones a la presunta participación del senador en estos actos de corrupción que no se allegan más elementos.

“Se reitera que pese al carácter público de la acción, no es suficiente con la presentación de un escrito en donde se cuestione la conducta de un congresista y se solicite la pérdida de investidura para activar el aparato jurisdiccional del Estado; por lo que la demandante no es suficiente, sino que requiere del agotamiento de una carga mínima de argumentación y prueba”, señala el auto.
En este sentido se advierte que el accionante solamente citó los artículos periodísticos, sin citar otros medios de prueba o hacer mención explícita sobre elementos que podrían servir para verificar la actuación ilícita del congresista oriundo de Sahagún (Córdoba).

Se cuestiona la Sala frente a los reiterados errores que se presentaron en la presentación de la acción judicial, advirtiendo que el demandante es abogado de profesión, “diestro en el litigio” y que tiene una experiencia de sobra frente al manejo y el alcance de las leyes.

El alto tribunal le pidió al demandante que aclare circunstancias de tiempo, modo y lugar frente a los hechos demandados. “Determinar el periodo de legislativo en el que ocurrieron los hechos relacionados con la compra de los cupos indicativos por parte del Senador Musa Besaile Fayad y precisar los nombres de los Congresistas, intermediarios, o testigos, que intervinieron en dicha venta”:

“Indicar y precisar los 27 proyectos de infraestructura, o sus nombres, o sus ubicaciones, en los cuales intervino el demandado con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros y que fueron previstos o adelantados en los departamentos de Córdoba, Antioquia, Bolívar, Cesar y Tolima.

Además de manifestar la necesidad de decretar como pruebas las declaraciones de los senadores Álvaro Uribe Vélez, Ernesto Macías e Iván Cepeda. Como el demandante no hizo las respectivas correcciones el caso quedó archivado.

Musa Besaile actualmente se encuentra privado de su libertad por orden de la Corte Suprema dentro del proceso que se le adelanta por el denominado ‘cartel de la toga’. El congresista habría pagado 2.000 millones de pesos para que se detuviera una orden de captura en su contra en la investigación por la “parapolítica”.