Reforma pensional: quiénes pueden acceder a la ventana de oportunidad antes de que termine el plazo

Esta es la última oportunidad que tienen muchos trabajadores próximos a pensionarse para asegurar su tranquilidad en el futuro.
Ventana de oportunidad
La reforma pensional le da la oportunidad a los trabajadores que estén a menos de 10 años de pensionarse de trasladar sus ahorros de régimen pensional. Crédito: Colprensa

A partir del 1 de julio de 2025 entrará en vigencia la reforma pensional aprobada por el Congreso mediante la Ley 2381, la cual establece un modelo de pilares con el propósito de ampliar la cobertura del sistema a más grupos poblacionales. Esta estructura integrará el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, con el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), gestionado por las ACCAI (anteriormente conocidas como AFP).

La reforma aplicará únicamente a quienes tengan menos de 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres y menos de 750 semanas en el caso de las mujeres. Quienes superen estos umbrales entrarán en el régimen de transición, lo que les permitirá pensionarse bajo las condiciones vigentes de la Ley 100 de 1993.

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Ahorro pensional
Los trabajadores que tengan menos de 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres y menos de 750 semanas en el caso de las mujeres hacen parte del régimen de transición de la reforma pensional, y se pensionarán bajo las condiciones de la Ley 100.Crédito: Ahorro pensional

¿Qué es la ‘ventana de oportunidad’?

Bajo la normativa de la Ley 100, los trabajadores que estuvieran a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión ya no podían elegir entre Colpensiones o una ACCAI. Sin embargo, el artículo 76 de la reforma introduce una nueva posibilidad para estas personas de reconsiderar su decisión, crucial para su futuro.

En otras palabras, quienes ya están a menos de 10 años del retiro pueden elegir si desean pensionarse bajo el régimen de prima media o con el RAIS, gracias a la ventana de oportunidad.

Según cifras de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), cerca de 800 mil trabajadores colombianos que ya se encuentran a menos de 10 años de pensionarse y que tengan 750 semanas cotizadas o más (en el caso de mujeres) o 900 semanas o más (en el caso de hombres), podrían acceder a la doble asesoría —con su fondo privado y con Colpensiones— para tomar una decisión informada.

Cabe recordar que la edad de pensión es de 62 años para los hombres y 57 para las mujeres. Quienes estén a menos de 10 años de cumplir esas edades pueden tramitar el cambio de régimen pensional, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Colpensiones
La prima de servicios corresponde a 30 días de salario por cada año laborado y se entrega en dos momentosCrédito: Colprensa

¿Quiénes tienen acceso a la ‘ventana de oportunidad’?

Los beneficiarios de esta ventana para elegir en qué régimen desean pensionarse deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Mujeres: Tener al menos 750 semanas cotizadas y estar a 10 años o menos de la edad de pensión.
  • Hombres: Contar con al menos 900 semanas cotizadas y estar a 10 años o menos de la edad requerida.

¿Qué deben hacer?

El paso fundamental es cumplir con la Doble Asesoría, que consiste en dos reuniones de análisis de la situación individual: una con el representante del fondo privado y otra con el representante de Colpensiones.

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Con base en la información recibida, la persona podrá tomar una decisión final informada, según lo que más le convenga.

Estas reuniones son gratuitas y pueden programarse directamente, sin necesidad de intermediarios.

¿Cuál es el plazo para acogerse a la ventana de oportunidad?

Los trabajadores que estén en régimen de transición y deseen cambiarse de Colpensiones a un fondo privado, o viceversa, y que estén a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión, podrán hacerlo hasta el 16 de julio de 2026.


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