Caso 21 ángeles: Consejo de Estado declaró responsable al IDU y dos consorcios por la muerte de los estudiantes en Suba

La tragedia habría sido provocada durante el desarrollo de las obras de la fase II de Transmilenio en 2004.
Consejo de Estado
Consejo de Estado Crédito: Sistema Integrado de Información

En fallo de 77 páginas, el Consejo de Estado declaró que Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), el Consorcio Alianza Suba Tramo II y el Consorcio Interventoría Suba II, fueron responsables de la muerte de los 21 alumnos del Colegio Agustiniano Norte, cuando una máquina recicladora de asfalto al servicio del Consorcio Alianza Suba Tramo II, se volcó sobre el bus escolar que transportaba a los estudiantes y también a empleados de la institución.

La decisión concluyó que en este escenario existieron varias irregularidades y omisiones ocasionadas por parte de las entidades responsables que provocó la tragedia. Por su parte, el Consorcio Alianza Suba Tramo II trasladó la máquina recicladora de asfalto de forma autopropulsada, el Consorcio Interventoría Suba II no vigiló el contrato de la obra y el IDU, como entidad encargada no cumplió con el deber de vigilar y controlar las actuaciones de los consorcios.

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En este sentido, el Instituto de Desarrollo Urbano habría pasado por alto sus funciones de vigilancia en relación con el manejo ambiental, gestión social, manejo de maquinaria, equipo y vehículos de las obras, desconociendo así su deber de prevención de riesgos frente al transporte de maquinaria pesada, especialmente en la zona donde transitó el bus escolar.

La decisión de la alta corporación ratificó el fallo de reparación directa que emitió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca donde había declarado a las demandadas administrativamente responsables del accidente que se produjo durante el desarrollo de las obras de la fase II de Transmilenio.

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En su decisión, el Consejo de Estado respondió a la demanda interpuesta por la institución de condenar a las entidades responsables a pagar perjuicios a título de daño emergente por la destrucción del bus escolar como propiedad del colegio y por lucro cesante. En ese sentido, tanto el IDU como los consorcios, deberán reparar al colegio por los ingresos que dejó de recibir como concepto de las mensualidades escolares que pagaban los familiares de los 21 alumnos fallecidos.

El caso

Esta tragedia ocurrió el pasado 28 de abril de 2004 a las 3:15 de la tarde a la altura de la Avenida Suba con calle 138, en Bogotá, cuando una máquina recicladora de asfalto al servicio del Consorcio Alianza Suba Tramo II, se volcó sobre el bus que transportaba a los estudiantes y empleados del Colegio Agustiniano Norte, donde murieron 23 personas, en su mayoría menores de edad y resultaron 24 heridos, y dejó el vehículo totalmente destruido.

Posteriormente, la institución demandó y declaró responsable al Ministerio de Defensa, Policía Nacional, la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá D.C., el Instituto de Desarrollo Urbano, la empresa Transmilenio S.A. y el Consorcio Alianza Suba Tramo II como patrimonialmente responsables por los daños y perjuicios que ocasionó el accidente aduciendo que dicho accidente fue provocado por la omisión de las demandadas en vigilar y controlar el traslado de maquinaria pesada en el sector.


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