Consejo de Estado niega suspensión y las EPS mantendrán el 5% de las UPC para tecnologías básicas

Consejo de Estado rechaza solicitud de suspensión de resolución del Ministerio de Salud sobre destinación del 5 de la UPC para tecnologías en salud.
Imagen de referencia de hospitales
Según los funcionarios la UPC no tiene rigor técnico y pone en riesgo el derecho a la salud y la sostenibilidad del sistema de salud. Crédito: Colprensa

El Consejo de Estado rechazó la solicitud de suspensión provisional a la resolución del Ministerio de Salud que estableció que las EPS debían destinar el 5% de las Unidad de Pago por Capitación (UPC) para la compra de tecnologías para atención básica en salud.

El tribunal rechazó la petición en una solicitud de nulidad que fue hecha por ACEMI, en la que alegan que la resolución que estableció dicho porcentaje, fue emitida de manera aparentemente irregular, pues no habría sido publicada en la página de la cartera.

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"Solicitó como medida cautelar de urgencia la suspensión provisional de los artículos demandados, toda vez que, a su juicio, los actos acusados fueron expedidos en forma irregular al no ser publicados en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social para consulta pública", afirma el documento.

La accionante reclama que esa resolución, afecta la destinación real de las UPC, pues al obligar a destinar un porcentaje, se estaría vulnerando principios establecidos en la ley que reglamenta la utilización de esos recursos.

"Las normas demandadas disponen la financiación de la operación de los equipos básicos de salud con recursos de la UPC, que son de destinación específica se ve afectada la suficiencia de la UPC y al fragmentarla se vulnera los principios constitucionales de eficiencia y progresividad", añade la acción.

ACEMI pidió que se impongan medidas cautelares debido a que estarían en riesgo de una afectación irremediable por el dinero que destinen en la tecnología, pero para los magistrados del Consejo de Estado, no se acredita esa situación, por lo que no decretaron las medidas.

"Ello, por cuanto el solo hecho de que la demandante afirme que la ejecución en el año en curso [2024] de las normas acusadas - conlleva a que las EPS puedan incurrir en incumplimiento en relación con la prestación del Plan Básico de Salud, no da cuenta de la existencia de circunstancias especiales de vulnerabilidad", concluye la decisión.

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Este tema ya había sido abordado por la Corte Constitucional en el seguimiento a la situación del sistema de salud, pues en mayo de este año, el tribunal suspendió los efectos de esa resolución mientras el Consejo de Estado toma una decisión de fondo, pero ahora, con la determinación del contencioso administrativo, la ley seguirá en firme.


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