Consejo de Estado: Aida Merlano y Jesús Santrich conservan su curul

El alto tribunal explicó que la curul de los implicados se puede ocupar con fallo en firme de pérdida de investidura.
Aida Merlano y Jesús Santrich
Jesús Santrich y Aida Merlano no pudieron asistir al Capitolio Nacional para posesionarse por estar privados de la libertad. Crédito: Foto oficial de Aida Merlano y Colprensa

El Consejo de Estado advirtió que no se pueden ocupar las curules de los congresistas electos que, por alguna razón o circunstancia, no se posesionaron el pasado 20 de julio, a menos de que exista una sentencia en firme de pérdida de investidura en su contra.

Este pronunciamiento aplica para Jesús Santrich y Aida Merlano, quienes por estar privados de la libertad no pudieron asistir al Capitolio Nacional para posesionarse como congresistas.

En consecuencia, el alto tribunal advirtió se debe conversar su curul en el Congreso, hasta tanto no se decrete un fallo de pérdida de investidura en su contra, en primera y segunda instancia.

El Consejo de Estado respondió de esta manera a un cuestionamiento del Ministerio del Interior sobre cómo proceder en caso de que un parlamentario declarado electo por el Consejo Nacional Electoral, no se haya posesionado, pasados ocho días de la fecha prevista por la Constitución para ocupar la curul.

Según el concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil, la Mesa Directiva de la Cámara para la que fue elegido el congresista que no se ha posesionado, debe solicitarle al Consejo de Estado que decrete la pérdida de investidura.

En caso de que el congresista electo, pero no posesionado, alegue un caso de fuerza mayor, la Sala de Consulta explicó que es el Consejo de Estado la autoridad competente “para determinar si la no posesión del cargo obedece o no a un motivo de fuerza mayor y si la privación de la libertad por orden judicial puede encuadrarse dentro de ese criterio, todo a través de la acción de pérdida de investidura”.

Aida Merlano y Jesús Santrich no pudieron asistir al Capitolio Nacional el pasado 20 de julio para posesionarse como congresistas electos, debido a que se encuentran privados de la libertad por delitos electorales y delitos relacionados con el narcotráfico, respectivamente.

En el caso de Merlano, el pasado cuatro de septiembre el Consejo de Estado decretó su pérdida de investidura por violación de topes electorales, pero ésta no está en firme debido a que aún falta su revisión por la Sala Plena, o segunda instancia de la Corporación.


José Manuel Restrepo

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