Caso UNGRD: Juez niega libertad de Sandra Ortiz por vencimiento de términos

Sandra Ortiz continuará privada de la libertad luego de que una juez de Bogotá rechazara la solicitud de su defensa por vencimiento de términos en el escándalo de la UNGRD.
Sandra Ortiz, involucrada en el escándalo de la UNGRD, buscaría principio de oportunidad
La juez 79 de control de garantías negó la libertad por vencimiento de términos a Sandra Ortiz. Crédito: Sandra Ortiz, en Facebook

La justicia volvió a cerrar la puerta a la libertad de Sandra Liliana Ortiz, exconsejera presidencial para las Regiones, dentro del proceso que se adelanta por el entramado de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

En una audiencia reciente, la juez 79 de control de garantías de Bogotá determinó que no se cumplen los plazos legales exigidos para conceder la libertad por vencimiento de términos, como lo solicitó la defensa de la exfuncionaria.

El argumento central de la decisión judicial

Según explicó la funcionaria judicial, el Código de Procedimiento Penal es claro al establecer que, en delitos como lavado de activos, deben transcurrir 240 días desde la presentación del escrito de acusación sin que se inicie el juicio oral para que proceda este beneficio.

En el caso de Ortiz, ese tiempo aún no se ha completado.

“La causal de libertad por vencimiento de términos no está llamada a prosperar”, sostuvo la juez, al precisar que solo han pasado 158 días desde la fecha que se toma como punto de partida para el conteo.

Durante la diligencia, el despacho explicó de manera detallada cómo se calcula el tiempo dentro del proceso penal. De acuerdo con la juez, no basta con el simple paso del tiempo, sino que se deben analizar las razones por las cuales el proceso no ha avanzado.

En este expediente, el juzgado indicó que varios aplazamientos fueron solicitados por la defensa, lo que impacta directamente el conteo de los días y evita que estos se atribuyan a la judicatura.

Aplazamientos y responsabilidades procesales

La juez fue enfática en señalar que los términos deben cargarse a la parte que los genera. En este caso, explicó que uno de los retrasos obedeció a la decisión del entonces abogado de Ortiz de priorizar otra diligencia judicial, pese a que su defendida se encontraba privada de la libertad.

“La ley establece que el término se atribuye a quien lo propicia”, recalcó la funcionaria, al advertir que estas decisiones procesales tienen consecuencias directas en solicitudes como la libertad por vencimiento de términos.

Otro punto clave abordado en la audiencia fue el impacto de las nulidades planteadas dentro del proceso. La juez aclaró que los tiempos derivados de la resolución de nulidades no pueden endosarse al juzgado, ya que corresponden a actuaciones promovidas por las partes.

Aunque precisó que estas solicitudes no necesariamente se hacen de mala fe, sí generan efectos en el calendario judicial y afectan el conteo requerido para acceder a la libertad.

Se debe recordar que el caso de Sandra Ortiz hace parte de una investigación más amplia por presuntas irregularidades en la UNGRD, uno de los escándalos de corrupción más relevantes del actual Gobierno.

En ese mismo proceso, el pasado 18 de diciembre, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó medida de aseguramiento contra los exministros Ricardo Bonilla (Hacienda) y Luis Fernando Velasco (Interior).






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