Magistrado de Corte Constitucional expondrá en Sala Plena petición de audiencia pública sobre aborto

La sala en pleno decidirá si cita a debate público para escuchar a quienes están a favor y en contra del aborto.
Lamentaron que no se haya tomado una decisión hitórica para despenalizar el aborto
Crédito: Archivo RCN RADIO

El magistrado de la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo, expondrá en la próxima Sala Plena del alto tribunal, la necesidad que recibió del movimiento de mujeres Causa Justa para adelantar una audiencia pública sobre la despenalización total del aborto.

Así las cosas, la sala en pleno, integrada por los nueve magistrados de la Corte Constitucional, decidirá si cita a debate público para escuchar a aquellos y aquellas que están a favor y en contra de la despenalización total, tal cual como solicitó el movimiento que busca eliminar el artículo 122 del Código Penal.

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“Resulta indispensable que la Corte convoque a una audiencia pública, frente al proceso constitucional de la referencia, pues (i) el asunto que se discute en la demanda amerita un análisis profundo y completo dada la vulneración a los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas y del personal de salud que trae consigo la criminalización parcial del aborto”, se indica en la petición del movimiento.

A raíz de esa petición, el despacho del magistrado Lizarazo recibió más de diez solicitudes de participación en el eventual debate público.

Entre esas peticiones están las de los congresistas, Angela María Robledo, Juan Carlos Lozada y Angela Lozano; de la Fundación Grupo de Acción y Apoyo a personas Trans (GAAT) y la codirectora de Católicas por el Derecho a Decidir – México, Paula Sánchez Mejorada.

También se registran peticiones del exrelator especial de las Naciones Unidas, Anand Grover; el profesor del Washington College of Law, Juan Méndez; la Corporación Mujer Denuncia y Muévete, el Grupo Médico por el Derecho a Decidir, y la Organización Médicos sin Frontera, entre otras.

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La demanda que estudia la Corte pide eliminar el artículo 122 del Código Penal que impone una condena de prisión para quienes practiquen el aborto, por fuera de las tres causales permitidas desde el 2006, es decir, cuando el feto tiene una malformidad, cuando el embarazo podría poner en riesgo la vida de la madre y cuando fue producto de una violación.

En medio del debate interno, el despacho del magistrado también recibió la propuesta de la Procuraduría que advierte que la Corte no sería la competente para tomar una decisión de fondo dado a que esa facultad de quitar o poner delitos y condenas le corresponde al Congreso de la República como legislador.

Por eso, propuso que la Corte se declare inhibida en la discusión, es decir, que no tome decisiones de fondo, sino que deje las cosas tal cual como están frente a la interrupción voluntaria de embarazo (IVE).


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