¿Cuándo se hace efectiva la condena contra Álvaro Uribe? Abogado explica

El abogado Hernán Gonzalo Jiménez penalista aseguró que la condena a Álvaro Uribe podrá ser apelada.
Álvaro Uribe fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria
El expresidente Álvaro Uribe fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria. Crédito: Camila Díaz - RCN Radio

El abogado penalista Hernán Gonzalo Jiménez explicó en entrevista con La FM que la condena de 12 años impuesta al expresidente Álvaro Uribe por el delito de soborno a testigos se encuentra dentro de los márgenes legales permitidos, pero advirtió que no puede hacerse efectiva hasta que se resuelvan todos los recursos judiciales disponibles.

Jiménez señaló que la duración de la pena no se sale de los parámetros legales establecidos por la ley penal colombiana. “No está fuera de los parámetros porque los jueces tienen unos márgenes en los cuales pueden obrar”, afirmó. Aclaró que, desde el punto de vista jurídico, la condena se ajusta al marco legal aplicable cuando hay un concurso de delitos como en este caso.

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Sin embargo, el abogado enfatizó que el aspecto central del proceso no está relacionado con el tiempo de la pena, sino con la aplicación inmediata o no de la medida de aseguramiento. Según explicó, la juez de conocimiento dispuso que la condena se sustituye por prisión domiciliaria por razones de edad, pero eso no significa que la medida deba cumplirse de manera inmediata.

Estos efectos se cumplirán una vez estén firmes la sentencia, razón por la cual no debería aplicarse la inmediatez para la imposición de la medida de aseguramiento”, sostuvo Jiménez. Añadió que, conforme a otras determinaciones contenidas en la misma sentencia, se establece claramente que los efectos jurídicos se producen solo después de que el fallo haya quedado en firme.

¿Medida de prisión domiciliaria no es inmediata?

Jiménez insistió en que la decisión judicial aún no tiene firmeza jurídica, ya que el caso puede ser objeto de recursos de alzada que deben ser resueltos por el Tribunal competente. “Habrá que esperar a que el Tribunal resuelva los recursos de alzada correspondientes para tomar esa decisión”, indicó.

De acuerdo con el penalista, afirmar que el expresidente Uribe debe cumplir de inmediato la prisión domiciliaria contradice lo expresado en el mismo fallo. “Es contrariar lo que está diciendo la misma sentencia en las otras determinaciones”, explicó. Aseguró que el respeto al debido proceso implica esperar hasta que se agoten todas las instancias judiciales para considerar una eventual ejecución de la condena.

El abogado también señaló que esta situación se rige por los principios constitucionales que amparan a toda persona procesada. “Se tendrá que respetar el debido proceso, la presunción de inocencia, hasta cuando esta decisión no esté en firme”, concluyó.

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Audiencia de sentencia contra Álvaro Uribe
La audiencia de sentencia contra Álvaro Uribe se llevo a cabo este 1 de agosto de 2025.Crédito: Captura de pantalla

¿Quién redacta la sentencia de un juez en Colombia?

El abogado penalista Hernán Gonzalo Jiménez explicó en entrevista con La FM que los jueces pueden contar con el apoyo de su equipo de trabajo para redactar sentencias, pero advirtió que la intervención de terceros ajenos al despacho judicial sería una causal grave de nulidad.

Los jueces, obviamente, tienen que redactar”, señaló Jiménez, quien agregó que “es innegable” que cuentan con personal que colabora en la confección de sus decisiones. Según el jurista, es habitual que los funcionarios de los despachos, que son profesionales en Derecho Penal, ayuden a estructurar las sentencias y a transcribir los hechos del proceso.

En ese sentido, indicó que no habría ninguna irregularidad en que estos profesionales intervengan en la redacción. “Aquí no habría ningún inconveniente en ninguna naturaleza en que las personas del despacho (...) le ayuden, digamos, a estructurar la sentencia, a transcribir los hechos, a todo ese trabajo”, afirmó.

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¿Cuándo se anula una sentencia judicial en Colombia?

Jiménez aclaró que la gravedad se presenta cuando existe participación de personas externas al despacho judicial. “Lo grave y lo absolutamente inconcebible es que haya alguien externo al despacho que le haya metido la mano a esa decisión”, manifestó durante la entrevista.

El abogado sostuvo que la participación de terceros ajenos podría llevar a la anulación del fallo. “Eso sí generaría una nulidad y generaría, digamos, un tema demasiado grave”, afirmó, y añadió que “ningún magistrado ni ningún juez de la República que revisara eso podría admitirlo. Inmediatamente quedaría nulitada la sentencia de plano”.

De acuerdo con sus declaraciones, la intervención externa no solo compromete la legalidad del proceso, sino también la integridad de las decisiones en casos de alta trascendencia nacional. “Mucho más en este proceso emblemático del país, tan controvertido, que lleguen a aparecer elementos de prueba, de que llegaron argumentos, que se estén consignando en la sentencia y que vengan de personas ajenas al despacho. Eso sí sería el desastre”, concluyó.


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