Víctimas podrán pedir medidas de aseguramiento en la misma audiencia, dice la Corte Constitucional

Dejó en claro que esta participación de la víctima con su abogado se restringe cuando la Fiscalía sí lo hace.
Corte Constitucional
Víctimas podrán pedir medidas de aseguramiento en la misma audiencia: Corte Constitucional Crédito: Jheison Quinvar RCN Radio

La FM de RCN Radio conoció una sentencia proferida por la Corte Constitucional que permitió que las partes declaradas como víctimas dentro de un proceso judicial puedan solicitar al juez de control de garantías medidas de aseguramiento dentro la misma diligencia cuando la Fiscalía no la solicite o haya sido negada por el juez.

La decisión del alto tribunal estuvo enmarcada, por un lado, al reconocer que la víctima puede acudir directamente al juez la imposición de una medida de aseguramiento, pero por otro lado, dejó en claro que esta participación de la víctima con su abogado se restringe cuando la Fiscalía sí lo hace.

"La Sala Plena declaró exequible la norma enunciada en la expresión: “en los eventos en que esta no sea solicitada por el fiscal”, señaló el alto tribunal.

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A su turno, la Corte recordó que la participación de la víctima en el proceso penal guarda relación con los derecho de las víctimas contemplados en la Constitución Política. En concreto, apuntando desde el artículo 250. Por tanto, dice la Corte" La Sala Plena declaró exequible la norma enunciada en la expresión: “en los eventos en que esta no sea solicitada por el fiscal”.

Cabe resaltar que desde el año 2025, el tribunal constitucional había establecido esta facultad para las víctimas, y en esta nueva decisión recién conocida la Corte hizo referencia al 'procedimiento penal abreviado', que en cualquier caso, es el que se aplica en el 70% de los delitos en el país. Una decisión que por mandato constitucional la Corte ha reiterado.

Entre tanto, otra de las facultades en beneficio de las víctimas preciadas por la Corte es que también pueden pedir una medida cuando la propia Fiscalía la haya pedido con sus pruebas, pero las víctimas consideran que se debe pedir una medida más alta, aportando más evidencias en el juicio.

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En consulta con expertos, el penalista y presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate indicó: "Esto, por supuesto, representa un avance en la protección de los derechos de las víctimas que ahora tienen las mismas facultades que tiene un fiscal. (...) hoy en día el 95% de los procesos que se denuncian no llegan a una imputación de cargos", señaló Bernate.

En esta decisión salvaron su voto los magistrados, Vladimir Fernández Andrade, Miguel Polo Rosero y José Fernando Reyes Cuartas. Por otro lado, el magistrado Fernández Andrade salvó su voto frente a la decisión adoptada por la mayoría. "Por las profundas implicaciones que el condicionamiento de la norma representa en el diseño y equilibrio del sistema penal acusatorio", señaló el documento de la Corte Constitucional.


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