La Corte Constitucional avaló parcialmente el decreto que le sumó $2,7 billones al presupuesto con la conmoción en Catatumbo

Según la Corte, los recursos podrán ser invertidos solo para la fuerza pública y la crisis humanitaria, no para cultivos ilícitos.
La Corte Constitucional admite demanda de la Agencia Nacional de Tierras contra Decreto Ley 902 de 2017 que limita su poder en decisiones sobre tierras. Director Harman argumenta afectación a derechos del campesinado.
La Corte Constitucional admite demanda de la Agencia Nacional de Tierras contra Decreto Ley 902 de 2017 que limita su poder en decisiones sobre tierras. Director Harman argumenta afectación a derechos del campesinado. Crédito: corte constitucional

La Corte Constitucional declaró parcialmente exequibles las adiciones al presupuesto general de la nación de 2025 decretadas en el marco del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del Cesar.

El alto tribunal analizó que la adición tenía una relación de conexidad directa con lo acordado en el Decreto 62 de 2025, que declaró el estado de conmoción interior para el Catatumbo y las regiones aledañas. Concretamente, fue declarado constitucional el artículo 1 del Decreto Legislativo 274.

Contrariamente, la Corte Constitucional tumbó el fragmento del artículo 2 del mismo acto administrativo que adicionaba recursos en el mismo presupuesto para el concepto de tecnologías de la información y las Comunicaciones, transporte, vivienda, ciudad y territorio.

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A su turno, fue declarado condicionalmente exequible un aparte del segundo artículo que adicionaba presupuesto para salud, inclusión social, igualdad y equidad.

La Corte señaló que "estos recursos presupuestales adicionales no pueden ser destinados a financiar medidas que busquen responder a problemáticas históricas y estructurales".

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Mientras tanto, respecto de las adiciones al presupuesto de gastos o de apropiaciones correspondientes a Presidencia, agricultura, desarrollo rural y educación, la Corte dijo que también son parcialmente exequibles.

El alto tribunal concluyó que la adición correspondiente al sector defensa es exequible, pues busca el fortalecimiento de las capacidades de las Fuerzas Militares en seguridad pública y defensa del territorio afectado por la grave perturbación del orden público.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, salvó su voto y concluyó que las adiciones presupuestales declaradas inexequibles debieron perder su eficacia desde la expedición del Decreto Legislativo 274 de 2025.


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