Dilan Cruz: las razones para dejar caso en la Justicia Penal Militar

La Judicatura tuvo en cuenta testimonios que no se habían revisado y concluyó que los hechos fueron en un acto de servicio
Paro nacional - pintura en homenaje a Dilan Cruz
Paro nacional - pintura en homenaje a Dilan Cruz Crédito: Herlency Gutiérrez - Sistema Integrado de Información

La FM conoció el fallo completo de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que resolvió que el caso de Dilan Cruz contra el capitán Manuel Cubillos debe quedarse en la Jurisdicción Penal Militar.

La Sala tuvo que revisar el proceso dos veces y en la segunda oportunidad, analizó unas declaraciones que no se habían revisado, pero advirtió que esos testimonios no permitían concluir que la actuación del capitán Cubillos hubiera sido ajena a su servicio.

Se trata de las declaraciones de Héctor Wilmar Olarte Cancino gestor de Convivencia de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá; Fabián Paredes Aristizábal quien participó en la manifestación; Alexandra Paola González Zapata del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos; y Angie Lorena Medina Panqueba abogada de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos.

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Lo que sí es claro, es que esos hechos ocurrieron en un acto del servicio propio del capitán Manuel Cubillos Rodríguez, quien, como integrante del Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía Nacional, el día 23 de noviembre de 2019, procedió a ordenar el uso de la fuerza para dispersar una manifestación que se estaba dando en el centro de la ciudad”, dice la Sala.

Sobre el informe de balística de Medicina Legal, la Sala advirtió que no concluye que el capitán Cubillos, “haya disparado su arma con la intención de causarle lesiones a ningún sujeto”.

Al contrario, la Sala dice que esos informes, “permiten concluir que efectivamente el funcionario accionó su arma con el objetivo de disuadir una manifestación que se tornó violenta”.

Lea en contexto: Dilan Cruz: proceso pasa a la Justicia Penal Militar

La decisión de la Sala Disciplinaria se tomó el 20 de agosto de este año con ponencia del magistrado Fidalgo Javier Estupiñán.

Entre tanto, en otra decisión sobre el caso emitida por la Corte Suprema de Justicia, la Sala Civil reiteró la importancia de revisar expediente completo por muerte del joven Dilan Cruz.

Dilan Cruz falleció dos días después de recibir un disparo por un arma "no letal" del Esmad el pasado 23 de noviembre en el Centro de Bogotá en medio de las manifestaciones y protestas del paro nacional.


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