¿Cómo entender el fallo que reconoce como legítima defensa la agresión de hombre a mujer por revisarle el celular?

Por las agresiones Medicina Legal le dio cinco días de incapacidad a la víctima.
imagen referencia feminicidio - violencia contra la mujer
Crédito: Cortesía

Sigue generando polémica el fallo que reconoció como "legítima defensa" la agresión de un hombre contra su pareja, luego de que ella intentara revisar su telefóno celular.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá reconoció que el hombre denunciado por agredir a su pareja sentimental tras intentar revisar su celular “obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado como es el derecho de la intimidad".

En contexto: Legítima defensa, la justificación aceptada a hombre que agredió a su pareja por mirarle el celular

Los hechos ocurrieron el 29 de noviembre de 2017, sobre las 8 de la mañana, en la carrera 20C No. 63 - 54 sur en Bogotá, cuando Fabio Alirio Quiroz Arévalo agredió físicamente a su pareja sentimental, lo que le produjo a la mujer una incapacidad de cinco días fue ordenada por Medicina Legal. Sin embargo, en el dictamen se aclaró que no dejó secuelas.

La discusión se generó cuando la mujer le solicitó el celular a Quiroz Arévalo para revisar sus conversaciones de WhatsApp, sospechando que sostenía una relación sentimental con otra persona.

Cuando la víctima intentó tomar el celular se generó la fuerte discusión que terminó en los golpes severos. "Su compañero permanente Quiroz Revelo la golpeó y la rasguñó en los brazos, lo cual le generó cinco días de incapacidad definitiva dictaminada por el Instituto Nacional de Medicina Legal", advierte la sentencia.

La pareja convivió durante 18 años y tuvieron dos hijos. Por esos hechos, el hombre fue condenado por el delito de violencia intrafamiliar agravada a 72 meses de prisión e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, también se le negó el beneficio de detención domiciliaria.

Sin embargo, en la revisión de la decisión, la Sala Penal determinó que existió una justificación: "A partir de la anterior línea jurisprudencial, la cual es unánime tanto en la Corte Constitucional, como en la Corte Suprema de Justicia, queda claro que las comunicaciones privadas que una persona reciba por cualquier medio (telefónico, email, Instagram, Whatsapp, Facebook, etc), hacen parte de su intimidad y están protegidas por el ordenamiento jurídico frente a la injerencia de terceros. Sólo con la autorización libre, expresa y previa del titular del derecho, se puede acceder a ella. También con una orden judicial".

Lea además: Miles de procesos de la antigua Judicatura podrían prescribir

Frente al enfoque con perspectiva de género se establece en la sentencia que no se puede considerar que cualquier discrepancia que se genere entre la pareja se pueda considerar como un caso de violencia intrafamiliar.

"No todo episodio de desavenencia, discusión o agresión al interior de una pareja o de una unidad doméstica debe ser catalogado objetiva y automáticamente como una violencia intrafamiliar, pues siempre deberá analizarse tanto el contexto como la magnitud del mismo frente al ámbito de protección del bien jurídico tutelado", establece el fallo de 18 páginas.

El Tribunal rebajó su tiempo privado de la libertad a ocho meses y también bajó la gravedad del delito pasándolo a violencia intrafamiliar -cometido en exceso de legítima defensa-.


Temas relacionados

Alteración al orden público

Grupos armados queman bus en Antioquia luego de los resultados de la segunda vuelta

El hecho ocurrió en el sector conocido como El Limón, sobre una vía que conecta a Yalí con Maceo
Grupos armados quemaron un bus entre Yalí y Maceo en Antioquia



Denuncian presunta compra de votos en Cartagena: esto dicen las autoridades

Aunque la votación ha transcurrido bajo una tendencia de alta afluencia y control institucional, la atención de las autoridades se concentró en un incidente en específico.

Ejército frustra atentado con explosivos en zona rural de Cúcuta en medio de la segunda vuelta presidencial

Con esta acción terrorista pretendían atentar contra las tropas del Ejército y la población civil en la región.

Ganadores y perdedores tras la victoria de De La Espriella en segunda vuelta del preconteo

Abelardo de la Espriella

Abelardo De La Espriella es el nuevo presidente de Colombia con el 99.96 % de las mesas, según el preconteo

Abelardo de la Espriella

¿Quién ganó las elecciones en Colombia? Último reporte tras el boletín 65 de la Registraduría

De acuerdo con el presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Cristian Quiroz, los resultados podrían conocerse en menos de 40 minutos después del cierre de las urnas.

¿Se puede votar después de las 4:00 p. m. si hay mucha fila en mi puesto?

La entidad también recordó que, durante las votaciones, está prohibido el uso de celulares, cámaras fotográficas o de video dentro de los cubículos de votación.

Misión Electoral de la Unión Europea destaca la jornada de votación y la rapidez del conteo en Colombia

El jefe adjunto de la misión electoral de la Unión Europea confirmó que acompañarán los escrutinios hasta mediados de julio.

Quinta División del Ejército mantiene seguridad en segunda vuelta: "La democracia se defiende cuando todos sus ciudadanos salen a ejercer su derecho"

elecciones 2026 ejercito quinta division plan democracia 10200 soldados segunda vuelta seguridad carreteras movilidad

Transporte opera “con total normalidad” en elecciones de segunda vuelta: ministra María Fernanda Rojas

Vías de Colombia

¿Hay riesgos de desorden en Bogotá durante elecciones? Secretaría de Seguridad responde

Los colombianos podrán acceder a beneficios por votar.

Presidente Petro sobre segunda vuelta presidencial: "obedeceremos a los jueces"

elecciones 2026 gustavo petro urrego presidencial reconocera los votos por los jueces

Segunda vuelta presidencial: reglas clave para votar este domingo 21 de junio en Colombia

elecciones 2026 uso celular en mesas de votacion recomendaciones registraduria