El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional fijó el salario mínimo para 2026 en $1.750.905, cifra que representó un incremento cercano al 23% frente al año anterior.
La decisión fue adoptada por la Sección Segunda tras acumular 17 demandas de nulidad contra la norma. Sin embargo, el alto tribunal dejó claro que se trata de una medida cautelar y no de una sentencia definitiva.
El magistrado ponente, Juan Camilo Morales Trujillo, explicó en un auto de 63 páginas que la suspensión busca evitar posibles efectos económicos adversos mientras se analiza el fondo del asunto.
¿En cuánto queda el salario mínimo mientras el Gobierno expide el nuevo decreto transitorio?
Según señaló el Consejo de Estado en su providencia:
“Durante el lapso comprendido entre la notificación de esta providencia y la fecha de publicación del referido acto administrativo, el valor del salario mínimo para la vigencia 2026 seguirá correspondiendo al establecido en el Decreto 1469 de 2025”.
En términos prácticos, esto significa que el aumento del 23% continúa aplicándose tal como fue decretado, hasta que el Gobierno expida el nuevo decreto transitorio que ordenó el tribunal.
El Ministerio del Trabajo, Ministerio de Hacienda y Presidencia, tiene un plazo máximo de ocho días para emitir ese acto administrativo, el cual deberá ajustarse a los lineamientos técnicos definidos por el alto tribunal.

¿Qué debe justificar el Gobierno?
El nuevo decreto deberá estar sustentado en criterios económicos específicos, entre ellos:
- La productividad total de los factores.
- La inflación causada durante 2025.
- El Índice de Precios al Consumidor (IPC) proyectado para 2026.
En entrevista con La FM, Carlos Meneses, decano de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables de la Fundación Universitaria Los Libertadores, explicó que la decisión implica que el Gobierno deberá presentar la documentación técnica y la fundamentación económica que respaldaron la cifra inicialmente fijada.
Desde una perspectiva académica, señaló que el crecimiento de los salarios reales suele estar asociado al aumento de la productividad del trabajo, lo que supone mayores niveles de capacitación, acceso a tecnología y fortalecimiento de capacidades laborales. También indicó que la medida del Consejo de Estado obliga a que el debate se sustente en variables económicas objetivas.

Sin efectos retroactivos
El auto también precisa que la suspensión provisional no tendrá impacto sobre obligaciones que ya hayan sido causadas o pagadas antes de la publicación del nuevo decreto.
Esto significa que no habrá devoluciones ni ajustes retroactivos sobre salarios, contratos, multas o tarifas que hayan sido liquidados con base en el incremento del 23%.
En una entrevista con el medio Portafolio, el director de Lumen Economic Intelligence, Luis Fernando Mejía, explicó que, en la práctica, el salario mínimo vigente seguirá siendo el decretado hasta que el Gobierno expida el nuevo acto transitorio.
Según el economista, este escenario “introduce un elemento adicional de incertidumbre, que permanecerá hasta que el Consejo de Estado dicte sentencia. Esto puede traducirse en menores incentivos a la contratación formal y una mayor dispersión en las expectativas de inflación”.
La discusión de fondo continuará en el Consejo de Estado y podría tardar varios meses. Mientras tanto, el valor del salario mínimo seguirá siendo el establecido en el Decreto 1469 de 2025, hasta que se publique el nuevo decreto transitorio ordenado por el alto tribunal.