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Mujeres podrán cambiar su régimen pensional hasta 2026: requisitos y cómo hacerlo

La Corte Constitucional mantiene vigente la Ventana de Oportunidad, que permite cambiar de régimen pensional hasta el 16 de julio de 2026.

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Actualizado:
Miércoles, Octubre 8, 2025 - 13:31
Régimen de transición
Reforma pensional en Colombia: ¿Qué significa la Ventana de Oportunidad para los trabajadores cercanos a la jubilación?
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Mientras la Corte Constitucional define la entrada en vigencia de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), suspendida por un vicio en su trámite legislativo, el sistema de jubilación en Colombia sigue operando bajo la Ley 100 de 1993.

Según esta ley, los trabajadores que estuvieran a menos de diez años de cumplir la edad de pensión (62 años para los hombres y 57 para las mujeres) ya no podían trasladarse entre los dos regímenes que operan: el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), gestionado por los fondos privados.

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Por ese motivo, debían pensar muy bien en su decisión antes de cumplir 52 años en el caso de los hombres y 47 años en el de las mujeres.

Sin embargo, la Corte no suspendió el artículo 76 de la reforma, que le da la oportunidad a muchas personas de reconsiderar con qué régimen pensional se quieren jubilar gracias a la Ventana de Oportunidad. En otras palabras, quienes estén a menos de diez años del retiro sí pueden cambiarse de régimen pensional. Para ello, deben cumplir con una serie de requisitos.

 

Mujer régimen de transición
Mientras la Corte Constitucional define la reforma pensional, la Ventana de Oportunidad permite a los trabajadores a menos de 10 años del retiro cambiar de régimen.
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Estos son los requisitos para aplicar a la Ventana de Oportunidad

El principal requisito para poder acceder a la Ventana de Oportunidad es haber cotizado al menos 750 semanas a pensión si es mujer, o 900 semanas si es hombre.

Después de eso, se debe cumplir con la doble asesoría: un trámite que consiste en recibir orientación tanto de Colpensiones como de un fondo privado, con el fin de contrastar las dos opciones y tomar la mejor decisión para el futuro.

Para completar el requisito de la Doble Asesoría de manera efectiva, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Solicitar la asesoría. Para dar inicio al trámite, el interesado debe comunicarse con Colpensiones o con el fondo privado al que evalúa trasladarse. La solicitud puede realizarse a través de diversos canales, incluyendo una visita presencial a las oficinas, el uso de la página web oficial o una llamada a la línea de atención al ciudadano.
  2. Recibir las dos asesorías. El proceso consiste en dos orientaciones. Primero, Colpensiones le proporcionará un análisis de su historial laboral y los beneficios que obtendría en el régimen público. Posteriormente, el fondo privado le ofrecerá su asesoría, en la cual se detallará cómo funcionaría su pensión, las ventajas de su modelo y las diferencias con el sistema público.
  3. Tomar una decisión informada. Una vez finalizadas ambas asesorías, usted contará con toda la información necesaria para evaluar sus opciones. Con este conocimiento, podrá decidir de manera consciente si desea permanecer en su régimen actual o solicitar el traslado, comprendiendo claramente los derechos, beneficios y posibles consecuencias de su elección.

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Ventana de oportunidad
Para acceder a la Ventana de Oportunidad, los trabajadores deben cumplir con semanas mínimas cotizadas y recibir doble asesoría de Colpensiones y fondos privados.
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¿Hasta cuándo se puede acceder a la Ventana de Oportunidad?

Los trabajadores en régimen de transición que deseen trasladarse entre Colpensiones y un fondo privado, y que estén a menos de diez años de cumplir la edad de pensión, tendrán plazo para hacerlo hasta el 16 de julio de 2026.

Fuente:
Sistema Integrado Digital