Aunque una persona ya esté retirada del trabajo, esto no significa que quede por fuera de todas las responsabilidades tributarias. En Colombia, algunos pensionados deben presentar su declaración de renta, siempre que superen ciertos montos de ingresos o patrimonio. La Dian ya tiene listo el calendario de este año, por lo que los jubilados deben revisar si entran dentro de la obligación.
¿Cuándo la pensión pasa a ser un ingreso gravable?
La ley 2273 de 2022 establece que la mesada pensional no paga impuesto de renta hasta el límite de 1.000 UVT mensuales. A partir de ese punto, cualquier valor de más es considerado renta gravable y se debe poner dentro de la declaración. Por eso, lo primero es mirar si la pensión supera o no ese tope definido por la Dian.

¿Qué condiciones hacen que un pensionado tenga que declarar?
El deber de declarar no depende únicamente del valor de la pensión. Hay otros criterios que pueden activar la obligación, y es basarse en los movimientos económicos del año gravable. Estos son los montos que la Dian tiene en cuenta:
Patrimonio bruto al 31 de diciembre: Igual o mayor a 4.500 UVT, que corresponde a $212.062.500.
Ingresos brutos: Cuando la suma total recibida en el año, entre pensión y otros ingresos, alcanza $65.891.000 o más.
Consumos con tarjeta de crédito: Si durante el año se usaron las tarjetas por un valor igual o superior a $65.891.000.
Compras y consumos: Si los gastos generales del año llegan a esa misma cifra.
Consignaciones, depósitos o inversiones: Si los movimientos en cuentas o productos financieros alcanzan los $65.891.000 o más.
Si un pensionado debía declarar y no lo hizo, puede recibir una sanción. La multa mínima es de 10 UVT, que equivale a $498.000. Si además había algún impuesto pendiente, la sanción puede aumentar desde un 5 % del valor a pagar por cada mes de retraso hasta llegar al total del impuesto, dependiendo del tiempo y de la respuesta del contribuyente.

¿Qué otros pagos deben tener en cuenta los pensionados?
Además de la declaración de renta, las personas pensionadas también tienen otros pagos que deben cumplir según su situación:
Impuesto predial: Si tienen una propiedad registrada a su nombre.
Impuesto de vehículos: Si cuentan con un vehículo propio.
IVA: Incluido en la mayoría de bienes y servicios que se adquieren diariamente.
Aportes a salud: Todos los pensionados deben seguir cotizando al sistema de salud. El porcentaje depende del valor de la mesada:
4 % para quienes reciben hasta un salario mínimo.
10 % para quienes perciben entre dos y tres salarios mínimos.
12 % para pensiones superiores a tres salarios mínimos.
Con el calendario tributario ya publicado, la recomendación es revisar con tiempo si existe obligación de declarar y cuál es la fecha correspondiente según el último dígito del documento.