¿Despidos masivos en Avianca tras declaratoria de ilegalidad del paro?

El tema ha suscitado gran controversia y debate jurídico. El derecho a la huelga y el servicio público esencial entran a análisis. En LA FM las voces.
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Colprensa

La ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego, luego de que la Corte Suprema de Justicia confirmara la ilegalidad de huelga de los pilotos de Avianca vinculados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, ACDAC, expresó que con esta decisión el Alto Tribunal ratifica las tesis del Ministerio del Trabajo, en el sentido de que el transporte aéreo en Colombia es un servicio público esencial y que la ruta indicada a seguir era la de la conformación de un Tribunal de Arbitramento que dirima este conflicto laboral.

Restrepo Gallego indicó que espera leer la totalidad del fallo de la Corte Suprema de Justicia, pues por el momento solo hay un boletín de prensa, para conocer los instrumentos que le otorga al Ministerio del Trabajo, no obstante que se trata de un pronunciamiento que le genera tranquilidad jurídica al país.

“El fallo de la Corte Suprema de Justicia es una ratificación de que el transporte aéreo en Colombia es un servicio público esencial, por lo tanto a futuro no se pueden hacer huelgas que afecten esta actividad; no puede volver a pasar lo que ocurrió con este paro de 51 días que perjudicó enormemente a los usuarios de este transporte y que generó grandes pérdidas para la economía del país”, indicó la titular de la cartera laboral.

Consulte aquí: Avianca toma acciones tras ilegalidad de la huelga de pilotos

La Ministra expresó igualmente que de manera muy respetuosa hacía una invitación a la empresa Avianca para que de aquí en adelante prime la concertación. “Hago una llamado a la serenidad, a tomar decisiones en frío, a la posibilidad del diálogo para que junto con los pilotos y el resto de trabajadores de la aerolínea, sigan construyendo la gran empresa que es no solo en Colombia sino en América Latina”.

De igual forma, la alta funcionaria afirmó que no puede desconocer que ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia, el Código Sustantivo del Trabajo le otorga a la empresa Avianca la posibilidad de tomar decisiones y revisar la forma como ocurrieron los hechos, no obstante que estará al frente de la situación, acompañando todo el proceso.

Finalmente Restrepo Gallego al aclarar que el Tribunal de Arbitramento solo opera para efectos del pliego de peticiones presentado por ACDAC, afirmó que ha sido notificada por parte de los tres árbitros que éste ya empezó a sesionar en forma y que empezaron a correr los días, con lo que se espera que al término de su operación emita el denominado laudo arbitral.

Consulte aquí: Corte Suprema declara ilegal huelga de pilotos sindicalizados de Avianca

Griselda Restrepo, ministra de Trabajo: el servicio público aéreo es esencial y no se puede parar. Con el fallo ganan los colombianos


Iván Daniel Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario: en Colombia no hay una ley que regule la restricción al derecho de huelga

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