Estos son los colombianos que deberán buscar fondo privado desde 2025

Con la reforma pensional, los aportes de todos los trabajadores se dividirán en dos vertientes. Le contamos cuáles son y cómo deberá elegirlos.
Colpensiones
Hasta septiembre de 2024, Colpensiones reportó 6.863.279 afiliados, de los cuales el 40,9 % realizó aportes durante ese mes. Crédito: Colpensiones y Pexels

El 16 de julio pasado, la reforma pensional se convirtió en Ley tras la firma del presidente Gustavo Petro. Con la nueva normativa, el Gobierno transformó el sistema de pensiones de Colombia para fortalecer la protección de la vejez mediante cuatro pilares.

"Estamos entregando ciudadanía a la tercera edad, volviéndola sujeto político, como hay que volver a la juventud de Colombia, sujetos pensadores en los demás, sujetos en el poder de decidir las cosas en Colombia. Eso es lo que se llama poder constituyente", dijo el presidente Petro tras la firma del documento.

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El principal cambio de la reforma pensional es que a partir del 1 de julio de 2025, habrá dos grupos de administradores de los ahorros de los trabajadores dentro del sistema de jubilación: Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas. Además, la espina dorsal del sistema de pensiones se basará en cuatro pilares.

Colpensiones
El pasado 16 de julio, la reforma pensional fue sancionada oficialmente en un evento liderado por el presidente Gustavo Petro en la Plaza de BolívarCrédito: Colpensiones

Las personas que tendrán que buscar un fondo privado de pensión en 2025

La nueva normativa establece que, con las modificaciones realizadas, el sistema pensional de Colombia estará basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario, siendo Colpensiones el fondo administrador principal.

Además, como parte del pilar contributivo, todos los trabajadores formales de Colombia cotizarán en Colpensiones y, según sus salarios, una parte de sus cotizaciones se destinará a un fondo privado.

El pilar contributivo cobijará así a todos los trabajadores y trabajadoras con capacidad de pago al Sistema General de Pensiones (SGP), quienes cotizarán a Colpensiones si ganan 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($2,99 millones con el aumento de este año).

Pesos colombianos
Quienes ganen más de 2,3 salarios mínimos mensuales deberán cotizar también en un fondo privado.Crédito: Pixabay / caruizp

Es decir, que a espera de cómo quede el salario mínimo para el 2025, aquellas personas que ganen más de $2.990.000, tendrán que elegir uno de los fondos privados que operan en Colombia para que, lo que perciban arriba de ese monto, lo destinen a las administradoras privadas.

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En pocas palabras, si gana menos de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, sus cotizaciones únicamente irán a Colpensiones.

Con las modificaciones en el sistema de cotización, además cientos de colombianos se han preguntado si la edad de jubilación será modificada. Sin embargo, el nuevo régimen de transición ha confirmado que la edad de retiro se mantendrá en 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.

Adulto mayor con persona joven
La edad de pensión se mantendrá en 57 años para mujeres y 62 años para hombres.Crédito: Pexels

Así quedará el sistema pensional en Colombia

Así las cosas, los cuatro pilares en los que se basará el sistema pensional en Colombia a partir de 2025 son:

  • Pilar solidario: a todos los mayores de 65 años, aproximadamente 2,5 millones de personas, se les otorgará una renta mensual de $225.000, destinada a garantizar que estén por encima de la línea de pobreza.
  • Pilar semicontributivo: ofrecerá una renta a quienes no lograron pensionarse pero cuentan con semanas cotizadas en Colpensiones o con ahorros en cuentas individuales en fondos privados.
  • Pilar contributivo: incluirá a todos los afiliados al Sistema. En este, Colpensiones administrará los aportes hasta los primeros 2,3 salarios mínimos cotizados, mientras que los fondos privados de pensiones recibirán las cotizaciones que excedan ese límite.
  • Pilar de ahorro individual voluntario: estará destinado a las personas con capacidad económica que deseen ahorrar voluntariamente para mejorar su pensión futura.

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