Corte Constitucional deja en firme ley que prohíbe las corridas de toros
Los efectos de la decisión regirán a partir del año 2027, pero no incluye las cabalgatas. Estas no estarán prohibidas en Colombia.

La Corte Constitucional dejó en firme los artículos 4 y 5 de la Ley 2385 de 2024 que dispuso una transformación cultural donde se prohibió las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas.
Sin embargo, las actividades culturales sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos si serán prohibidas en el país a partir del 2027.
En este sentido, la ley (2385 de 2024), fue declarada Constitucional. Dicha normativa indica “por medio de la cual se aporta a una transformación cultural mediante la prohibición de toros, rejoneo, novilladas, becerradas, y tientas, así como de los procedimientos utilizados en estos espectáculos que socavan la integridad de formas de vida no humana”.
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El alto tribunal decidió adelantar estas prohibiciones, en aras de proteger el bienestar animal, una decisión que tuvo como ponente al magistrado, Miguel Polo Rosero y de forma unánime, declaró ajustada a la Constitución esta ley.
Sin embargo, estas prohibiciones se cumplirían a parir del año 2027, tres años después a partir de esta decisión.
Hay que resaltar que, luego de la expedición de dicha ley, fue demanda en múltiples ocasiones, donde varios accionante alegaban que violan la protección de la diversidad y del patrimonio cultural de la Nación, también al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de expresión, y a los derechos adquiridos y la propiedad privada de quienes se dedican a estas actividades culturales.
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Recordemos que esta ley fue expedida por el Congreso de la mediante la cual "se prohíben las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas".
Lo anterior como consecuencia de un arduo trabajo pedagógico que logró una importante reforma respecto de la protección animal; además, no se perdió de vista la salvaguarda de intereses del orden cultural y económico de aquellas personas dependientes de este tipo de prácticas.