El sistema pensional en Colombia es importante, porque permite asegurar una estabilidad económica que no todos tienen y sí necesitan. Este mecanismo busca garantizar ingresos económicos a quienes dejan de laborar, bien por vejez, fallecimiento o invalidez.
Si bien es cierto que una persona retirada puede tener este beneficio, sus familiares directos también se ven beneficiados, como esposo o esposa; hijos; y otros dependientes. En caso de fallecimiento, estos podrán seguir recibiendo la famosa pensión de sobreviviente.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, las personas que pueden presentar una solicitud para acceder a este beneficio son las siguientes:
- Cónyuge o compañero permanente.
- Hijos menores de edad o si se encuentren estudiando hasta los 25 años.
- Padres, siempre que tuvieran dependencia económica con el afiliado o pensionado.
- Hermanos, siempre que tuvieran dependencia económica con el afiliado o pensionado.

Estas personas deben demostrar que en efecto tienen relación con esta persona o cumplir con determinados requisitos. En el caso de los cónyuges, debe existir, por lo menos, unión por cinco años; los hijos deben ser menores de 25 años y encontrarse estudiando; y los padres del fallecido deben demostrar dependencia económica al mismo.
¿Los sobrinos pueden pedir la pensión de sus tíos?
La ley establece que una persona que fallezca y no tenga un beneficiario, otros familiares pueden acceder a su pensión, siempre y cuando exista un grado de consanguinidad, hasta en quinto grado. De acuerdo con Porvenir: "cuando no se tienen beneficiarios de ley, es posible heredar la pensión a familiares hasta en quinto grado de consanguinidad. Pueden ser primos, tíos, sobrinos, entre otros".
Pero no es tan sencillo en el caso de los fondos públicos, puesto que deben cumplirse ciertas condiciones específicas.
En sus redes sociales, el abogado Jackson Peláez, indicó que debe demostrarse una dependencia económica. De acuerdo con el profesional en leyes, "por regla general, hasta los 18 años o hasta los 25, si estudia. O si ese sobrino tiene discapacidades y prueba dependencia económica".
Es decir, si el sobrino de una persona con ahorros en espacios de pensión quiere adquirir este dinero, deberá demostrar que es un "hijo" por crianza y que existía una dependencia económica.
Lo anterior, puede demostrarse por medio de un documento por "Declaración de dependencia económica", así como la revisión ante la caja de compensación. Además debe cumplirse con la menoría de edad requerida. El Ministerio de Justicia, afirma que las administradoras deben revisar la siguiente información:
- Copia del documento de identidad de los solicitantes.
- Copia del documento de identidad del pensionado o afiliado y su certificado de defunción.
- Para los cónyuges o compañeros permanentes: Copia auténtica de la partida eclesiástica de matrimonio o registro civil de matrimonio o la declaración juramentada de convivencia donde se indique el inicio de la convivencia.
- Para los hijos: certificado estudiantil (mayores de 18 años), declaración de dependencia económica y certificados médicos (personas con discapacidad).
- Declaración de dependencia económica de los padres y hermanos con discapacidad.