Reforma pensional: Qué sigue tras la nueva recusación contra el magistrado Ibáñez que pone en duda su implementación

La reforma pensional enfrenta nuevos obstáculos tras una recusación contra el magistrado Ibáñez, acusado de parcialidad en su ponencia ante la Corte.
Jorge Enrique Ibáñez
La reforma pensional en Colombia sigue suspendida y ahora hay una nueva recusación al magistrado Ibáñez. Crédito: Colprensa

Un nuevo enredo le salió a la reforma pensional, que debía entrar en vigencia el 1 de julio de 2025, pero que quedó suspendida por la Corte Constitucional, en tanto no se resuelvan posibles vicios en su trámite legislativo.

Ahora, el presidente del alto tribunal y ponente del caso, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, fue nuevamente recusado por supuestamente no ser imparcial en el proceso y evidenciar una “abierta animadversión a la iniciativa del Gobierno nacional”.

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Qué dice la nueva recusación contra el magistrado Ibáñez

La recusación, presentada por el ciudadano Alfonso Alegre Roa, argumenta que existen “causales fundadas de parcialidad política, enemistad ideológica y prejuicio manifiesto frente al actual Gobierno nacional”. Agrega el documento que el presidente de la Corte Constitucional es de tendencia “ultraconservadora en un contexto político de oposición directa al actual Gobierno”, y que ello “compromete objetivamente su independencia frente a decisiones que afectan políticas esenciales del Ejecutivo actual, como la reforma pensional”.

Añade la recusación que, en la ponencia en la que pide tumbar la reforma, el magistrado “utiliza expresiones valorativas y juicios de conveniencia política que desbordan el análisis estrictamente jurídico”.

Para el ciudadano, todo eso hace que la ponencia se aparte “del estándar técnico-jurídico neutral y adopte un tono político e ideológico, contrario a los principios de independencia y prudencia judicial, afectando la confianza pública en la Corte Constitucional”. Agrega el ciudadano que el magistrado Ibáñez “hace análisis con evidentes sesgos antijurídicos, como si su papel fuera el del legislador, en vez del interpretador, y le da valor judicial a lo que concierne a la aprobación de las leyes de los legisladores, donde cae directamente la competencia del ámbito jurídico”.

Por todo ello, el ciudadano recomienda apartar al magistrado Ibáñez del proceso y que “se convoque un juez ad hoc, preferiblemente conocedor de derechos humanos —sugerencia respetuosa—, miembro de la CIDH, que examine con detenimiento la constitucionalidad de la ley demandada”.

Jorge Enrique Ibáñez
El ciudadano Alfonso Alegre Roa pidió apartar al magistrado Jorge Enrique Ibáñez del estudio de la reforma pensional, al considerar que su ponencia refleja parcialidad política y juicios ideológicos que comprometen la independencia de la Corte Constitucional.Crédito: Colprensa

Otra recusación por resolver

Pero este no es el único inconveniente que atraviesa el proceso de estudio de la reforma pensional. El despacho del magistrado Ibáñez también resuelve otra recusación interpuesta por la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, en contra del magistrado Héctor Carvajal.

La senadora sostiene que el magistrado Carvajal debería apartarse del cargo por haber suscrito dos contratos con Colpensiones, la entidad que está estrechamente vinculada con la reforma pensional.

Para la congresista, estos contratos podrían comprometer la imparcialidad del magistrado al emitir conceptos jurídicos sobre la iniciativa del Gobierno nacional, poniendo en duda su capacidad para votar objetivamente.

Todos estos enredos ponen en duda el futuro de la reforma pensional, por lo que muchos colombianos se preguntan cuáles serán los pasos a seguir por la Corte Constitucional.

Héctor Carvajal
La senadora Paloma Valencia recusó al magistrado Héctor Carvajal por presuntos conflictos de interés con Colpensiones, lo que añade más incertidumbre al futuro de la reforma pensional.Crédito: Colprensa

Qué dice la ponencia del magistrado Ibáñez

En su ponencia de 86 páginas, el magistrado Ibáñez concluye que el Congreso no corrigió los errores de procedimiento en la aprobación de la reforma pensional, pese a que la Corte había ordenado devolver el proyecto a la Cámara de Representantes el 17 de junio.

Según su análisis, cuando el Gobierno convocó a sesiones extraordinarias el 27 de junio para retomar el trámite, se cometieron fallas en la citación, ya que entre la convocatoria y el inicio de la sesión transcurrieron apenas unas horas, cuando la ley exige un mínimo de tres días naturales para garantizar la adecuada preparación de los congresistas.

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Ibáñez también cuestionó la validez de la sesión en la que se debatió la iniciativa, al señalar que no se cumplió con el quórum decisorio requerido.

De acuerdo con su ponencia, la Secretaría General de la Cámara certificó la existencia de quórum deliberatorio con solo 62 representantes presentes, cuando se necesitaban al menos 85 para aprobar el orden del día. Por estas razones, el magistrado considera que persisten los vicios de trámite en el proceso legislativo de la reforma pensional.


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