Guillermo Fernández de Soto califica de intromisión que Alberto Brunori pida sancionar la JEP

El embajador de Colombia ante la ONU le respondió al representante en Colombia de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos.
Guillermo Fernández de Soto
Guillermo Fernández de Soto Crédito: Foto vía Colprensa (Archivo)

Guillermo Fernández de Soto, embajador de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas, le respondió al organismo, que pidió sancionar la Ley Estatutaria de la JEP.

Según dijo "no es correcto" que Alberto Brunori, representante en Colombia de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, salga a pedir que el presidente Iván Duque sancione la JEP, en vez de objetarla. Según dijo, él debe cuidar sus palabras como funcionario internacional y no tiene por qué referirse a acciones del mandatario.

De acuerdo con Guillermo Fernández de Soto, lo dicho por Alberto Brunori se constituye en una intromisión frente a la cual el Gobierno de Colombia tiene que expresar su sorpresa.

Lea también: Gobierno hace aclaraciones a Alberto Brunori, de la ONU, sobre ley estatutaria de la JEP

La ONU le solicitó al presidente Iván Duque la "urgente sanción" de la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz (JEP) pese a las objeciones que ha planteado el mandatario, toda vez que Brunori considera que ese tribunal es clave para la construcción de una paz "estable y duradera".

Así lo afirmó el representante en Colombia de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, quien señaló que "la construcción de una paz estable y duradera depende de la urgente sanción y promulgación, sin dilaciones, del proyecto de la ley estatutaria de la JEP".

Eso, en palabras de Brunori, quien presentó el Informe Anual de la Alta Comisionada de ONU Derechos Humanos sobre Colombia para el año 2018, sería una "garantía efectiva de los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia, a la reparación y a las garantías de no repetición". Duque anunció el domingo pasado que devolvió al Congreso la ley estatutaria de la JEP tras objetar seis artículos que considera no garantizarán la aplicación de los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición que forman parte del acuerdo con las Farc.

Lea también: JEP sí puede pedir pruebas en procesos de extradición, dice la Corte Constitucional

Esa ley fue aprobada por el Senado y la Cámara de Representantes en 2017 y luego recibió el visto bueno de la Corte Constitucional, con lo cual el único trámite que le faltaba era la sanción presidencial, pero el mandatario decidió objetarla parcialmente. En ese sentido, Brunori manifestó que para que la JEP pueda funcionar es "fundamental que en todas las ramas del poder público promuevan el respeto de su autonomía e independencia".

El objetivo, señaló, es que los magistrados de ese tribunal puedan garantizar la seguridad jurídica de los reincorporados de las Farc y los miembros de la Fuerza Pública que están compareciendo ante esa corte. "La JEP representa una oportunidad sin precedentes para procesar judicialmente los crímenes del conflicto armado y amparar de forma eficaz los derechos de las víctimas, en atención a los impactos diferenciados que tuvo la violencia en las mujeres, los niños, las niñas y las adolescentes en los pueblos étnicos en todo el país", concluyó.

La Corte Constitucional dio el primer coletazo a las objeciones del presidente Duque a la Ley Estatutaria, pues declaró inexequibles (que no proceden) dos artículos de la norma de procedimiento que habían sido incorporados por el partido de gobierno Centro Democrático.


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