El salario mínimo en Colombia para 2026 tendrá un incremento del 23,8% a partir del 1.º de enero, lo que eleva el ingreso de los trabajadores de $1.623.500 a $2.000.000 con auxilio de transporte.
La decisión se adoptó bajo el concepto de salario vital, establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El Gobierno nacional no logró un acuerdo con las centrales obreras ni con los empresarios, por lo que las personas que devengan un salario mínimo y están vinculadas formalmente a una empresa continúan con los descuentos obligatorios para el pago de pensión y salud.
De acuerdo con la Ley 1122 de 2007, los colombianos deben destinar un porcentaje de su salario a la cotización al Sistema General de Seguridad Social.

¿Cuánto se debe pagar en salud y pensión en 2026?
El aporte a salud corresponde al 12,5 % del salario, distribuido de la siguiente manera: 8,5 % a cargo del empleador y 4 % asumido por el trabajador.
En cuanto al aporte a pensión, el porcentaje total es del 16%, del cual el 4% lo cubre el trabajador y el 12 % el empleador.
Con el incremento del salario mínimo para 2026, los aportes parafiscales quedan así:
Para el aporte a salud (12,5 % del salario)
- Empleado (4 %): 1 750 905 × 0,04 - con descuento de $70.036
- Empleador (8,5 %): 1 750 905 × 0,085 - con $148 827
En cuanto a pensión:
Empleado (4 %): 1 750 905 × 0,04 - con descuento de $70.036
Empleador (12 %): 1 750 905 × 0,12 - con $210.109
¿En cuánto quedó el subsidio de transporte para 2026?
El 29 de diciembre, el presidente Gustavo Petro definió el aumento del salario mínimo para 2026, junto con un auxilio de transporte del 23,8%, quedando en $2.000.000.
Con este ajuste, el subsidio pasó de $200.000 a $249.095.

¿A quiénes no les aumenta el salario mínimo en 2026 y por qué no aplica el ajuste?
El reajuste del salario mínimo en Colombia es obligatorio solo para ciertos contratos y niveles de ingreso. De acuerdo con la legislación laboral colombiana, el salario mínimo no se aplica de manera automática a todos los trabajadores, pues su incremento depende del tipo de contrato y del nivel de ingresos pactado entre el empleador y el trabajador.
El salario mínimo legal vigente es la base para el reajuste general, conforme a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, que prohíbe a los empleadores pagar una suma inferior a este valor. Sin embargo, esta disposición no implica que el aumento sea automático para quienes ya perciben un ingreso superior al mínimo.
Según las leyes colombianas, los trabajadores que ganan más del salario mínimo no hacen parte del grupo al que se le debe aplicar un aumento obligatorio. En estos casos, cualquier incremento adicional queda sujeto al acuerdo contractual entre las partes.
Asimismo, quienes tienen un contrato por prestación de servicios no reciben este ajuste, ya que esta modalidad no configura una relación laboral, sino un vínculo de carácter administrativo.
Finalmente, los trabajadores informales tampoco se benefician del aumento del salario mínimo, debido a que no existe un contrato laboral ni una relación formal de trabajo.