Exfarc no podrían ser elegidos con las curules de paz

El Gobierno advierte que el decreto se dio en los tiempos previstos en el acto legislativo 02 de 2021.
Curules para víctimas
Defendamos la Paz pidió aprobar curules para las víctimas Crédito: Jairo Tarazona

El consejero Presidencial para la Estabilización y Consolidación, Emilio Archila, aseguró que el decreto 1207 del 5 de octubre de 2021, con el cual se reglamentan las curules de paz, garantiza que sean las víctimas de la violencia las que puedan ser elegidas en la Cámara de Representantes para los periodos 2022-2026 y 2026-2030.

Archila también señaló que el decreto fue creado y expedido en los tiempos previstos en el acto legislativo 02 de 2021, como lo ordena la Sentencia SU-150 de la Corte Constitucional.

Lea también: Duque firmó decreto que reglamenta la implementación de curules de paz

“Dentro del plazo previsto en el acto Constitucional, el presidente Iván Duque expidió el decreto reglamentario para asegurar que las curules previstas para las víctimas sean para ellas; se tomaron todas las previsiones para que, en la financiación, en la inscripción, en forma de hacer las votaciones, inclusive en las investigaciones posteriores solamente quienes representan a las víctimas tengan esa participación”, expresó Archila.

Entre los requisitos que establece el decreto se indica que las organizaciones de víctimas, campesinas, sociales -incluyendo las de las mujeres y grupos significativos de ciudadanos-, así como también de los consejos comunitarios, resguardos, autoridades indígenas y las kumpañy (pueblo Rom) tienen derecho a postular víctimas como candidatos a las curules.

“Teniendo en cuenta que solamente podrán acceder a estas curules el decreto estableció, en cabeza de la Unidad para las Víctimas, el deber de certificar y acreditar la calidad de víctima o del desplazado en proceso de retorno al territorio. Así pues, la Unidad adelantará este proceso mediante un mecanismo digital atendiendo las solicitudes en un plazo razonable de conformidad con el calendario electoral”, señaló Archila.

En el decreto también establece un mecanismo mediante el cual se apoya al Consejo Nacional Electoral (CNE), en la validación de que los candidatos inscritos no pertenezcan o hayan sido miembros de las Farc o de los grupos armados al margen de la ley, que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno Nacional en los últimos 20 años.

Además, prevé y establece el régimen sancionatorio de quienes habiendo sido elegidos en algunas de las circunscripciones transitorias de paz no cumplan con los requisitos. “En este sentido, se establece que se aplicarán sanciones como la pérdida del cargo, la revocación de la posesión del cargo, la pérdida de investidura e inhabilidad. Asimismo, se prevé la aplicación de la figura de la silla vacía, que implica que la curul no podrá ser remplazada, en caso que se dé la perdida de investidura”, indicó el consejero.

Otro de los aspectos que se reglamentó fue el mecanismo presupuestal mediante el cual se garantizarán los recursos necesarios para las autoridades electorales y que estas puedan garantizar el proceso electoral. Asimismo, estableció el mecanismo mediante el cual se podrá garantizar la financiación de las campañas que será preponderantemente estatal.


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