Corte Constitucional tumbó el decreto de emergencia económica y social en La Guajira

La discusión se realizó en la Sala Plena del tribunal y se tumbó el decreto de emergencia en La Guajira.
Se ha establecido hoja de ruta para la disminución de muertes en menores
Se ha establecido hoja de ruta para la disminución de muertes en menores. Crédito: Cortesía - Archivo

La Corte Constitucional tumbó el decreto que declaró la emergencia económica y social en el departamento de La Guajira. El tribunal resolvió la discusión este dos de octubre.

El tribunal realizó la votación definitiva luego de tres semanas de discusión, en las que el debate estuvo muy parejo, pues hasta último momento se tuvo como posibilidad declarar la constitucionalidad condicionada.

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En la decisión se dan tres puntos: el primero declara la inexequibilidad del decreto emitido el 2 de julio que decretó la emergencia, el segundo, concede efectos diferidos a la determinación.

El tercer punto recuerda que, como precedente, está la sentencia de 2017 que declaró el Estado de Cosas Inconstitucionales en La Guajira, por lo que con esas ordenes deben atenderse los problemas estructurales en el departamento.

Según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, los efectos diferidos significan que el decreto no se caerá enseguida, sino que sigue vivo hasta el 2 de julio de 2024 que sería un año exacto después de su expedición.

En ese tiempo, el tribunal revisará los demás decretos que salieron en el marco de la emergencia y se insta al Gobierno y Congreso adoptar medidas.

"Adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país", dice la nota de prensa difundida por el tribunal.

Además, el tribunal exhortó al Gobierno para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias requieran.

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Las magistradas Natalia Ángel y Cristina Pardo y el magistrado Juan Carlos Cortés salvaron el voto, mientras que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y la magistrada Paola Meneses aclararon su voto. El magistrado Alejandro Linares, reservó su derecho a la aclaración del voto.


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