Decretos sobre exámenes del Icfes y restricción a viajeros reciben el aval de la Corte

Asimismo, el alto tribunal declaró ajustado a la Constitución el decreto sobre créditos de Bancoldex y Findeter.
Corte Constitucional en sesión virtual
Corte Constitucional en sesión virtual tomando medidas frente al coronavirus Crédito: Corte Constitucional

La Corte Constitucional informó que declaró como ajustados a la constitución los decretos ley 439, 468 y 532 de 2020, emitidos por el Gobierno nacional como parte de las medidas del estado de emergencia económica, social y ecológica que rige en Colombia desde el pasado 17 de marzo.

Restricción de viajeros: 439

El 439, emitido el 20 de marzo, restringe la llegada de personas desde el exterior con el fin de evitar el riesgo de contagio. Cabe recordar que en este momento no están operando los vuelos nacionales e internacionales en Colombia.

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Para la Corte Constitucional, medidas como la restricción de pasajeros "son necesarias, en tanto deben ser entendidas como reglas de autorización que permiten a las autoridades competentes tomar medidas sanitarias para los casos excepcionales de ingreso".

Créditos Bancoldex y Findeter: 468

El decreto 468, por su parte, permite que la Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter) y el Banco de Comercio Exterior de Colombia (Bancoldex) otorguen créditos directos a municipios y departamentos, en el caso de Findeter, y a empresas, en el caso de Bancoldex, con "tasa compensada", explica la Corte.

"(...) las medidas sirven para llevar a cabo proyectos y actividades específicamente dirigidos a conjurar esa crisis e impedir la extensión de sus efectos en el territorio nacional", dice el alto tribunal.

Exámenes Icfes: 532

Por último, el decreto 532 de 2020 se expidió para suspender el requisito de presentar los resultados de las pruebas Saber 11 para entrar a la universidad, toda vez que los exámenes programados para el 15 de marzo habían sido aplazados.

En contexto: U. Nacional tendrá en cuenta resultados de Pruebas Saber para admisiones

La Corte Constitucional explica que las instituciones de educación superior tienen autonomía para definir los mecanismos de ingreso de nuevos estudiantes, "siempre que no se establezcan distinciones arbitrarias o discriminatorias"


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