Denis Cruz celebró la decisión de la Corte Constitucional que ordenó que el proceso por la muerte de Dilan Cruz -registrado en noviembre de 2019 durante una manifestación del Paro Nacional en el centro de Bogotá- pasara de la Justicia Penal Militar a la ordinaria.
En un video, la hermana de Dilan Cruz aseguró que tras una lucha jurídica que duró un año y medio se logró que el expediente contra el capitán del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) saliera de la Justicia Penal Militar donde se iba a garantizar la impunidad.
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Recordó que junto a sus abogados han instaurado decenas de acciones judiciales exigiendo justicia y que se les escuche, pero en muchas oportunidades les cerraron las puertas. “Esta es una pequeña victoria, es un avance judicial en un país acostumbrado a la impunidad en los crímenes de Estado”.
“Hemos tenido que soportar que el caso retroceda y favorezca al victimario. Hemos tenido que soportar señalamientos y el cansancio de tener que deambular de institución del Estado para exigir justicia”, manifestó.
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El fallo emitido por unanimidad por el alto tribunal –resalta Denis- les da una luz de esperanza para obtener justicia en este proceso, resaltando que es necesario que ahora la Fiscalía General asuma la investigación respetando el debido al proceso y la defensa de las víctimas.
Debido a esto anunció la solicitud de una veeduría internacional y presentarán las pruebas que demuestran la responsabilidad directa del capitán del Esmad, esperando que el proceso se trate como un homicidio.
“Llamaos a la Fiscalía General a rodear de garantías esta investigación a que se nos garantice la imparcialidad del fiscal que conozca el caso”, resaltó.
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Tras resolver una acción de tutela la Corte Constitucional concluyó que el expediente debería pasar la justicia ordinaria debido a la naturaleza de la investigación y el contexto de los hechos que rodearon la muerte del joven.
“La jurisdicción natural en el específico ámbito del derecho penal es la ordinaria, a la cual corresponde investigar, conocer y decidir todos los asuntos que no estén atribuidos expresamente por la Constitución o la ley a otra jurisdicción. En este sentido, recordó que la competencia de otras jurisdicciones y, en particular, de la Justicia Penal Militar, es restringida y excepcional”, resalta la decisión.