Álvaro Uribe: Judicatura toma decisión para que Tribunal le imprima celeridad al caso

Los magistrados podrán dedicarse a resolver la segunda instancia en el caso Uribe, sin que existan acciones de tutela en trámite.
Expresidente Álvaro Uribe Vélez | juzgados de Paloquemao | Bogotá | Febrero 2025
El expresidente Álvaro Uribe Vélez en las instalaciones de los juzgados de Paloquemao, en Bogotá, durante el juicio por presunto soborno y manipulación de testigos. Crédito: Colprensa

El Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá autorizó la suspensión del reparto de tutelas a una sala de magistrados del Tribunal Superior de Bogotá con el fin de que puedan resolver con celeridad la apelación que presentará la defensa del expresidente Álvaro Uribe con la que busca que sea revocada la condena de 12 años de prisión domiciliaria.

Por tratarse de un caso de connotación nacional, desde el 5 al 20 de agosto de 2025, los tres magistrados de la Sala Penal Número 19, integrada por los Alexandra Ossa Sánchez, Manuel Antonio Merchán Gutiérrez y María Leonor Oviedo Pinto, podrán dedicarse a resolver la segunda instancia en el caso Uribe, sin que existan acciones de tutela en trámite.

Una decisión importante teniendo en cuenta que la defensa del expresidente Álvaro Uribe, en cabeza del abogado Jaime Granados, tiene hasta el próximo miércoles 13 de agosto a las 5 de la tarde para sustentar la apelación.

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Además, porque estos tres magistrados del Tribunal Superior de Bogotá tienen hasta el próximo 16 de octubre para resolver en segunda instancia si confirman o revocan esta condena o de lo contrario, el proceso contra el expresidente podría prescribir.

Así mismo, como lo anticipó la FM el magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, Ramiro Riaño, presentó de manera formal su impedimento para apartarse de tomar una decisión frente a la tutela con la que la defensa del expresidente Álvaro Uribe busca que le otorgue la libertad mientras se surten las instancias superiores de apelación de esta condena de 12 años de prisión domiciliaria.

La razón del impedimento consiste en que, uno de los terceros con interés en el caso es el hoy ministro de Justicia, Luis Eduardo Montealegre Lynnet en su calidad de víctima, quien durante su periodo como Fiscal General de la Nación, había nombrado para el año 2013 a su compañera permanente Luz Adriana Gutiérrez Mejía, en el cargo de Fiscal Local en provisionalidad, en el municipio de Zipaquirá – Cundinamarca.

Una situación que motivó que en el pasado el magistrado Riaño también se declarara impedido para conocer otra acción de tutela referente al proceso contra el expresidente Uribe.

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La manifestación del impedimento será resuelta por parte de los otros dos magistrados encargados de estudiar la acción de tutela como son: Leonel Rogeles Moreno y Aura Alexandra Rosero Baquero.

De ser aceptado el impedimento los mismos magistrados Rogeles y Rosero Baquero serán los encargados de adoptar la decisión de fondo frente a la tutela instaurada por parte del abogado Jaime Granados.

El impedimento fue presentado poco después de que el magistrado Leonel Rogeles negara a la defensa del expresidente Álvaro Uribe las medidas provisionales con la que solicitaba frenar la prisión domiciliaria impuesta al exmandatario, hasta que se resuelva de fondo una tutela que busca tumbar esa medida de aseguramiento por violación al debido proceso y varios derechos fundamentales.

De acuerdo con el Tribunal “La medida cautelar no cumple los estándares de urgencia, necesidad, impostergabilidad, requisitos sine qua non para que, en estos casos, el juez constitucional intervenga desde el inicio del trámite de la tutela, en la forma antes pretendida".

Para el magistrado del Tribunal es necesario respetar las decisiones de primera instancia, y por ello, hasta que se tome una decisión de fondo no se cambiará la detención domiciliaria impuesta contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

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“Lo anterior obedece a que en este momento no están constituidos los elementos de juicio suficientes para tomar una decisión de esa naturaleza. Además, porque este pedimento es el mismo que se procura con el fallo constitucional”, señaló el magistrado del Tribunal Superior de Bogotá.

¿Qué plantea la tutela de la defensa?

En la acción de tutela de 91 páginas que deberá resolver de fondo el Tribunal la defensa alega que al expresidente se le violó el debido proceso y una serie de derechos fundamentales.

De acuerdo con la defensa, la sentencia emitida por la juez 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia “trasgredió de forma grave los derechos fundamentales a la dignidad, debido proceso, presunción de inocencia y libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez, al haber ordenado la privación de su libertad de forma inmediata a pesar de que la condena proferida, en su contra, no se encuentra en firme”.


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