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'Náder', el exguerrillero de las Farc que como Santrich se salvó de la extradición

Hace dos años la decisión de la Corte Suprema de Justicia de negar la solicitud hecha por una Corte de Nueva York también generó polémica.

Actualizado:
Jueves, Mayo 16, 2019 - 12:24
La Fiscalía también deberá informar si ha identificado otros bienes y activos de propiedad de antiguos miembros de las Farc que aún no hayan sido recuperados.
Foto: Colprensa
Desmovilizados de las Farc

En octubre de 2017, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de extradición presentada por una Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York (Estados Unidos) en contra del exintegrante de la guerrilla de las Farc, Julio Enrique Lemos Moreno, conocido con el alias de ‘Náder’.

El desmovilizado fue capturado el 25 de febrero de 2017 cuando era trasladado a un centro médico para que fuera atendido por una hepatitis B. Pese a hacer parte de la Zona Veredal Transitoria De Normalización del Gallo (Córdoba) las autoridades le informaron que en su contra existía una orden de captura y una solicitud de extradición.

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Lemos Moreno era requerido por su participación y responsabilidad en los hechos que rodearon el secuestro de un estadounidense y delitos relacionados con el tráfico de drogas. Su detención estuvo envuelta en la polémica puesto que se trataba del caso de un excombatiente que se había sometido al proceso de paz para recibir sus beneficios.

Tras un extenso debate jurídico, la Corte Suprema emitió concepto desfavorable a esta solicitud de extradición señalando que los hechos por los que era requerido se presentaron antes de la firma del acuerdo de paz.

En su decisión, el alto tribunal manifestó que según el artículo transitorio 19 del Acto Legislativo 01 de 2017 “no se podrá conceder la extradición (…) respecto de hechos o conductas objeto de este Sistema (Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición) y en particular a la Jurisdicción Especial para la Paz, ocasionados u ocurridos durante el conflicto armado interno o con ocasión de este hasta la finalización del mismo (…) respecto de todos los integrantes de las Farc-EP”.

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Para la Corte los hechos por los que era requerido se presentaron entre los años de 2008 y 2009. Igualmente se tuvo en cuenta que el nombre de Lemus Moreno aparecía en el listado enviado por el Alto Comisionado de Paz en referencia a la dejación de armas y la suscripción del acta en la que se sometía al sistema especial de justicia.

Sin embargo, estos argumentos no fueron satisfactorios para el Gobierno de los Estados Unidos que en una acción sin precedentes le envió una carta de protesta al presidente de la Sala para ponerle de presente su malestar por este fallo.

Este caso vuelve a estar presente luego que la Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le otorgara el beneficio de no extradición al excomandante guerrillero Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido con el alias de ‘Jesús Santrich’.

En entrevista con RCN Radio, el presidente de la Sección de Revisión del Tribunal de Paz, Jesús Ángel Bobadilla aseguró que en el caso de Lemos Moreno la Fiscalía cumplió y acató la decisión de la Corte Suprema de Justicia para dejarlo en libertad sin dilaciones y de manera directa, situación que no se presentó en el caso ‘Santrich’.

“Aplicando precedentes de la Corte Suprema en el caso de un señor Lemus en el 2017 cuando no existía la JEP, la Corte advirtió que era una persona exintegrante de las Farc le dijo al señor Fiscal General de la Nación la misma fórmula (no extradición y posterior libertad) que se utilizó en este caso: ‘disponga la libertad inmediata’ y la Fiscalía cumplió y acató y también era un caso de un exjefe de las Farc pedido en extradición”.

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El magistrado explicó que en todos los casos en los que estén relacionados desmovilizados de las Farc y se niegue su extradición se debe ordenar su libertad inmediata.

Fuente:
RCN Radio