JEP expulsa a 20 desertores armados

La decisión se tomó por incumplir de manera extrema y grave el régimen de condicionalidad.
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Crédito: Colprensa

La Justicia Especial para la Paz, JEP, señaló que son 20 los desertores armados manifiestos que quedan por fuera del Sistema Integral para la Paz, por incumplir de manera extrema y grave el régimen de condicionalidad. La medida fue tomada por la Sala de Amnistía o indulto de la JEP luego del proceso de seguimiento por parte de las autoridades colombianas.

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Los afectados con la decisión de la JEP son : Elkin Zambrano Muñoz, Yidwar Mondragón Paredes, Leonardo Díaz Escobar, Rustbelth Carreño Gómez, Nitor Firigua Guerrero, Edgar Quitumbo Peña, Rodrigo Zetty Bototo, Veiman Viveros Rodallega, Mario Cayoy Mesa, Jojaner Alexander Riascos Rivera y Sneider Gómez Moncada entre otros.

Las causales para esta medida en contra de estas personas, tiene que ver con los procesos penales por hechos delictivos posteriores al Acuerdo Final de Paz, y por las actuaciones relevantes adelantadas en la JEP, con el objetivo de facilitar la comprensión sobre la situación jurídica de cada uno de los involucrados en esta decisión.

De acuerdo con el proceso de seguimiento jurídico, estas personas quedaron cobijadas con esta providencia bajo los lineamientos de investigación y seguimiento por parte de los magistrados de la sala Sala de Amnistía o indulto de la JEP.

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La JEP, señaló que estas 20 personas desistieron de continuar con lo firmado en el Acuerdo, y continuar con su accionar delictivo asociándose para la planeación y ejecución de homicidios de civiles y miembros de la fuerza pública, actos de terrorismo contra la fuerza pública, secuestro de civiles y miembros de la fuerza pública, reclutamiento de menores, extorsión a comerciantes y contratistas, entre otros delitos.

De acuerdo con la JEP, como única consecuencia jurídica posible en estos casos, se declarará la pérdida de la totalidad de tratamientos especiales otorgados por parte de las autoridades judiciales y administrativas –ordinarias y transicionales– en desarrollo del Acuerdo Final de Paz. Asimismo, se declarará la imposibilidad de continuar o acceder a otros beneficios.

"Como consecuencia de la declaración del resolutivo en esta providencia, una vez en firme esta decisión en cada caso, se declara la pérdida de los beneficios jurídicos derivados del Acuerdo Final de Paz, que a continuación se identifican y, por Secretaría Judicial, finalmente comunicar a las respectivas autoridades para su materialización", dice el comunicado.


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