¿Las horas extras entran en el cálculo de la prima? Así se liquida correctamente
La prima de servicios en Colombia se liquida teniendo en cuenta algunos factores.

La prima de servicios es un derecho laboral establecido por el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. Este beneficio corresponde al pago equivalente a la mitad de un salario mensual y debe realizarse, como máximo, el 30 de junio de cada año.
Según la legislación vigente, este beneficio económico se calcula como un porcentaje del salario devengado durante el año o, en algunos casos, como una cantidad fija pactada entre el trabajador y el empleador.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, esta retribución hace parte de los beneficios que recibe el trabajador. No obstante, hay factores que deben considerarse al momento de liquidar la prima de servicios. Uno de ellos es el tipo de vinculación laboral: empleo público o empleo privado.
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Factores a tener en cuenta para empleados públicos y privados
En el caso de los trabajadores del sector público, los factores para calcular la prima pueden variar según la rama del poder público a la que pertenezcan. Entre los elementos que se consideran, si son percibidos, se incluyen:
- Asignación básica mensual
- Auxilio de transporte
- Subsidio de alimentación
- Bonificación por servicios prestados
- Gastos de representación
- Prima por antigüedad
Para los empleados del sector privado, la prima se liquida con base en la asignación básica mensual y, si aplica, el auxilio de transporte.
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¿Las horas extra se incluyen en la liquidación de la prima de servicios?
Según Función Pública, a los empleados del Estado no se les incluyen las horas extra en la liquidación de la prima de servicios. El concepto 340151 de 2021 aclara que, para la liquidación de vacaciones, prima de vacaciones, prima de Navidad, prima de servicios y bonificación por servicios prestados, no se deben tener en cuenta las horas extra, ni los pagos por dominicales o festivos, ya que no constituyen factor salarial.
En contraste, en el caso de los empleados del sector privado, las horas extra sí deben considerarse para la liquidación de esta prestación social, de acuerdo con el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo. Este artículo establece que el salario incluye no solo la remuneración ordinaria fija o variable, sino también las primas sobre sueldos, bonificaciones habituales, horas extra, el valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentaje sobre ventas y comisiones.
Sin embargo, los expertos advierten que estos pagos —como las horas extra, recargos nocturnos, dominicales y festivos— deben ser habituales dentro de la jornada laboral para que puedan ser considerados como parte del salario base para la liquidación de la prima de servicios.
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¿Cómo calcular la prima de mitad de año?
Para calcular la prima de mitad de año, se deben tener en cuenta tres factores principales:
- Salario base: corresponde al salario mensual del trabajador, que sirve como referencia para el cálculo.
- Días trabajados: se refiere al número de días laborados durante el primer semestre del año, es decir, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio.
- Proporcionalidad: en caso de que el trabajador no haya laborado durante todo el semestre, la prima se calcula de forma proporcional. Para ello, se divide el salario base entre 180 días (correspondientes a los seis meses del semestre) y se multiplica por la cantidad de días efectivamente trabajados.