En Colombia, muchas personas alcanzan la edad establecida para pensionarse, pero no logran cumplir con el número mínimo de semanas cotizadas exigidas por el sistema. Ante esta situación, Colpensiones, como Administradora Colombiana de Pensiones, dispone de diferentes mecanismos que buscan garantizar una protección económica en la vejez.
Colpensiones es la administradora estatal de las pensiones públicas, encargada del Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM). Este opera bajo un sistema de reparto, en el cual los aportes de los trabajadores activos se destinan al pago de las pensiones de quienes ya están jubilados.
Funciones de Colpensiones y su papel en la protección de la vejez
Para obtener la pensión de vejez, se exige una edad mínima de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, además de 1.300 semanas de cotización. Sin embargo, quienes no cumplen con ese requisito cuentan con otras alternativas que ofrece Colpensiones.

Pensión familiar: opción para sumar esfuerzos
Una de las alternativas disponibles es la pensión familiar, que permite que cónyuges o compañeros permanentes sumen sus semanas cotizadas para acceder de manera conjunta al reconocimiento de una pensión de vejez compartida.
Esta figura está dirigida a parejas que, por separado, no cumplen los requisitos exigidos por la ley, pero que juntos pueden alcanzar el número mínimo de semanas. De esta manera, ambos reciben los beneficios de una prestación económica, fortaleciendo la protección del núcleo familiar.
BEPS: ahorro voluntario y subsidio estatal
Otra opción es el programa BEPS, un mecanismo de ahorro voluntario y flexible para personas que no pudieron cumplir con las semanas requeridas. En este esquema, los participantes pueden ahorrar de acuerdo con sus posibilidades económicas.
El Gobierno Nacional incentiva este ahorro otorgando un subsidio del 20 % sobre el valor acumulado. Además, quienes realizaron aportes a pensión pero no alcanzaron la pensión pueden trasladar su indemnización sustitutiva al programa BEPS, recibiendo sobre ese monto el subsidio estatal.

Indemnización sustitutiva: devolución de aportes
La indemnización sustitutiva es una opción para quienes cumplieron la edad de pensión pero no las semanas mínimas y no pueden seguir cotizando. En este caso, Colpensiones realiza la devolución en dinero de los aportes realizados, permitiendo que el afiliado reciba un reconocimiento económico proporcional a lo que aportó durante su vida laboral.
Esta medida busca brindar una alternativa de apoyo a quienes no logran acceder a la pensión, evitando que sus aportes se pierdan y ofreciendo una compensación parcial por los años de cotización.