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Colombia evalúa exigir una póliza a extranjeros que lleguen a Colombia

Incluiría gastos médicos, por muerte y repatriación de restos mortales.

Actualizado:
Lunes, Octubre 5, 2020 - 13:23
 Reactivación de operaciones en el aeropuerto de Riohacha.
Aldair Rodríguez Suarez

A través de un proyecto de resolución, la Cancillería evalúa pedir a todos los solicitantes de visa “acreditar una póliza de seguro o de un contrato de asistencia médica internacional, que ampare el riesgo de muerte, la repatriación de restos mortales y garantice una oportuna asistencia médica en caso de accidente o enfermedad”.

De igual forma, el proyecto de resolución incluye que contenga como mínimo la cobertura de muerte durante la permanencia en el territorio nacional, “con un valor asegurado equivalente a 5.7 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv)”.

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Así mismo, en el documento se indica que es necesario que haya un “pago directo a las instituciones prestadoras de servicios de salud o a las entidades administradoras de planes de beneficios de salud autorizadas y habilitadas, de los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por el tratamiento de enfermedad o de lesiones accidentales sufridas durante la permanencia en el país, con una indemnización de 57 smlmv”.

Frente a la repatriación de restos mortales, el requerimiento debe incluir un valor asegurado equivalente a 17 smlmv. “Para los casos en los cuales los extranjeros pretendan solicitar visa colombiana y no cuenten con la póliza requerida, el Ministerio de Relaciones Exteriores divulgará la oferta con la cual cuente la aseguradora estatal, sin perjuicio de la liberalidad del ciudadano extranjero para adquirir la póliza con la aseguradora de su elección” , se indica.

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Señala además que “la autoridad migratoria, como parte del control de ingreso, solicitará al viajero el documento que acredite la existencia a su nombre de la póliza de seguro o del contrato de asistencia médica internacional, con cobertura en el territorio colombiano que garantice los amparos indicados en el presente parágrafo, con vigencia durante todo el periodo de estadía en el país”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información