Fingir una enfermedad para extender un puente festivo: ¿delito o falta disciplinaria?

El abogado, Misael Triana, señaló además que no solo se presentan casos de adulteración de fechas, sino también modificaciones en la patología por la cual se concede la incapacidad.

La EPS Salud Total presentó más de 4.000 denuncias por el presunto delito de falsedad en documento privado relacionado con incapacidades médicas. Uno de los casos fue puesto a consideración de la Fiscalía General de la Nación y corresponde a una afiliada en Manizales, cuya incapacidad de un día fue modificada para registrar tres días. El caso derivó en una acusación formal por el delito tipificado en el artículo 289 del Código Penal Colombiano y en una sentencia condenatoria privativa de la libertad.

El abogado Misael Triana, especialista en seguridad social de la Universidad Javeriana y asesor laboral de empresas, explicó en entrevista con La FM Fin de Semana que el tema debe dividirse en tres situaciones: el derecho a percibir una incapacidad, el abuso de ese derecho sin llegar al delito, y las conductas que sí constituyen un delito. Sobre el caso de Manizales, Triana señaló que "ya tiene una sentencia condenatoria privativa de la libertad" y advirtió: "imagínese hasta dónde puede llegar esto".

Lo que se considera abuso del derecho a la incapacidad médica

Según Triana, todo afiliado tiene derecho a acudir a su EPS y a las IPS para recibir atención médica y, si el profesional lo determina, obtener una incapacidad. El abuso surge cuando el afiliado no sigue el tratamiento indicado o realiza actividades distintas al reposo prescrito.

El abogado mencionó como ejemplo el caso de una persona que recibe tres días de incapacidad y viaja de vacaciones. También citó la práctica de fingir una afectación de salud para extender un fin de semana con un día festivo: "finjo o simulo que tengo una afectación a mi salud física o mental". Triana precisó que, en estos casos de abuso, no existe delito, pero sí consecuencias contempladas en el Decreto 133 de 2018, que faculta a la EPS y al empleador para suspender el pago de la incapacidad e imponer sanciones disciplinarias tras una investigación.

Consecuencias de falsificar una incapacidad

El abogado explicó que la falsificación o adulteración de una incapacidad configura el delito de falsedad en documento privado. Relató que, en el caso analizado, la afiliada modificó el número uno por un tres: "le pareció muy chistoso convertir ese uno en un tres haciéndole una patica". Triana indicó que detectar estas alteraciones es sencillo debido al cruce de información entre los sistemas de las EPS e IPS, incluido el uso de inteligencia artificial.

De acuerdo con el especialista, esta conducta genera tres consecuencias: la negación del pago de la incapacidad por parte de la EPS; un proceso disciplinario con el empleador que puede derivar en despido con justa causa; y un proceso penal que puede terminar en privación de la libertad. Triana fue enfático: "usted puede terminar en la cárcel, privado de la libertad, previo adelantamiento del proceso penal".

El abogado señaló además que no solo se presentan casos de adulteración de fechas, sino también modificaciones en la patología por la cual se concede la incapacidad. Triana concluyó que, aunque muchos trabajadores creen que este tipo de conductas se limita a una sanción disciplinaria o a la pérdida del empleo, la normativa vigente contempla también un efecto penal derivado del delito tipificado en el artículo 289 del Código Penal.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Por qué la EPS Salud Total presentó más de 4.000 denuncias por incapacidades médicas?

La EPS informó que las denuncias están relacionadas con presuntos casos de falsedad en documento privado por la alteración de incapacidades médicas. Uno de los procesos ya terminó con una sentencia condenatoria tras comprobarse la modificación de un documento.

¿Qué diferencia existe entre abusar de una incapacidad médica y falsificarla?

Según el abogado Misael Triana, abusar de una incapacidad ocurre cuando el trabajador incumple el reposo o simula una enfermedad, lo que puede generar sanciones laborales y la suspensión del pago. En cambio, alterar o falsificar el documento constituye un delito penal.

¿Qué consecuencias tiene falsificar una incapacidad médica en Colombia?

La falsificación de una incapacidad puede impedir el pago del subsidio por parte de la EPS, originar un proceso disciplinario que termine en despido con justa causa y dar lugar a un proceso penal por falsedad en documento privado, con posibilidad de una condena privativa de la libertad.

¿Cómo detectan las EPS las incapacidades médicas adulteradas?

Las EPS e IPS verifican la información mediante el cruce de datos entre sus sistemas y otras herramientas tecnológicas, lo que permite identificar alteraciones en fechas, días de incapacidad o diagnósticos consignados en los documentos médicos.


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