El Ministerio de Salud alista un mecanismo temporal para priorizar el giro de recursos a clínicas, hospitales, IPS y empresas de transporte especial de pacientes, que están atendiendo a la población afectada por el sismo ocurrido el pasado 10 de agosto.
La medida fue adoptada mediante una resolución conjunta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Nacional de Planeación (DNP), en el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno tras la emergencia.
El mecanismo tendrá inicialmente una vigencia de seis meses y busca mejorar la liquidez de las instituciones que se encuentran en primera línea de atención, especialmente aquellas que han recibido pacientes evacuados o remitidos desde centros asistenciales que resultaron afectados por el terremoto.
La disposición que se encuentra en la fase de comentarios se enmarca en la Situación de Desastre Nacional declarada mediante el Decreto 1171 de 2026 y en el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por calamidad pública, establecido mediante el Decreto 1261 de 2026.
Priorizar el pago a los prestadores
Uno de los principales componentes del proyecto de la resolución establece que las EPS y demás entidades obligadas a compensar deberán dar prioridad al pago de las obligaciones pendientes con las IPS, prestadores de servicios de salud y empresas de transporte especial de pacientes que atienden la emergencia.
Para las EPS sometidas al mecanismo de giro directo, la instrucción implica que estos pagos deberán tener prioridad dentro de las postulaciones periódicas que realizan ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).
En el caso de las EPS exceptuadas del giro directo, deberán realizar los ajustes necesarios en sus mecanismos internos de tesorería y pago para garantizar la misma prelación.
Para acceder al mecanismo, los prestadores y las empresas de transporte deberán encontrarse debidamente inscritos y habilitados en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).
Hospitales que recibieron pacientes evacuados
La medida contempla una situación particular generada por la emergencia: los pacientes que tuvieron que ser trasladados desde hospitales o clínicas cuya infraestructura sufrió daños graves.
Por esta razón, la priorización de los recursos también podrá beneficiar a las IPS que recibieron y atendieron pacientes evacuados o remitidos desde instituciones afectadas por el terremoto.
El propósito es evitar que el traslado de pacientes termine generando dificultades financieras adicionales para las instituciones receptoras y garantizar que estas puedan mantener la atención.
De acuerdo con la resolución, el mecanismo busca fortalecer el flujo de recursos hacia los prestadores y el transporte especial de pacientes para favorecer la disponibilidad y oportunidad de los servicios y preservar la continuidad y calidad de la atención a la población afectada.
¿En qué departamentos aplicará la medida?
El esquema de giro prioritario se aplicará en los territorios incluidos dentro de las medidas de desastre y emergencia establecidas por el Gobierno.
Los departamentos contemplados son Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre.
De esta manera, el Gobierno busca garantizar que los recursos lleguen con mayor oportunidad a las instituciones que están asumiendo la atención de las personas afectadas y de los pacientes que requieren continuidad en sus tratamientos.
El giro prioritario no elimina los controles
Aunque la medida busca acelerar el flujo de recursos, la resolución establece que no se suspenden los controles financieros ni los procesos de auditoría.
Las reglas relacionadas con el giro directo, la auditoría, la conciliación, el reconocimiento y la liquidación de las cuentas se mantienen vigentes de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto 780 de 2016.
Además, los pagos deberán contar con los respectivos soportes legales y contractuales. No podrán reconocerse obligaciones que no estén debidamente acreditadas.
La resolución también establece una prohibición expresa frente al doble pago de un mismo servicio de salud, con el propósito de evitar duplicidades en el uso de los recursos del sistema.
EPS serán responsables de la información reportada
Otro de los puntos establecidos en la medida tiene que ver con la responsabilidad sobre la información presentada para acceder a los recursos. Las EPS serán responsables de la veracidad de los datos y de la exactitud de los valores postulados ante la Adres.
La administradora de los recursos no asumirá responsabilidad por inconsistencias o errores contenidos en la información suministrada por las entidades obligadas a realizar los pagos.
Esto significa que la flexibilización temporal del flujo de recursos no implica una reducción de las obligaciones de las EPS frente a la calidad y veracidad de la información financiera que presentan.
SuperSalud vigilará el cumplimiento
El documento también señala que la Superintendencia Nacional de Salud tendrá a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la resolución.
La entidad podrá ejercer sus funciones de inspección, vigilancia y control para verificar que la priorización de los recursos se cumpla y que los pagos lleguen efectivamente a los prestadores que están atendiendo la emergencia.
El mecanismo representa una de las medidas adoptadas por el Gobierno para responder a las dificultades financieras y operativas que enfrentan las instituciones de salud tras el terremoto.
Con una vigencia inicial de seis meses, la estrategia buscará que las IPS y empresas de transporte especial de pacientes cuenten con mayor liquidez para mantener la operación, atender a las personas afectadas y garantizar la continuidad de los servicios de salud en los territorios declarados en emergencia.
Claves del tema, en cuatro preguntas:
¿Qué busca la nueva medida del Gobierno para las IPS afectadas por el terremoto?
Busca priorizar y acelerar el flujo de recursos hacia clínicas, hospitales, IPS y empresas de transporte especial de pacientes que están atendiendo la emergencia. La medida tendrá una vigencia inicial de seis meses.
¿Qué deberán hacer las EPS con los pagos pendientes a las IPS?
Las EPS deberán dar prioridad al pago de las obligaciones pendientes con los prestadores de servicios de salud y empresas de transporte especial de pacientes. Las entidades sometidas a giro directo deberán priorizar estos pagos en sus postulaciones ante la ADRES.
¿La medida también beneficia a hospitales que recibieron pacientes evacuados?
Sí. La priorización también aplica a las IPS que recibieron y atendieron pacientes trasladados o evacuados desde hospitales cuya infraestructura resultó afectada por el terremoto. El objetivo es garantizar recursos para mantener la atención.
¿Se eliminarán los controles para acelerar los pagos?
No. La resolución mantiene los procesos de auditoría, conciliación, reconocimiento y liquidación de cuentas. Además, los pagos deberán estar debidamente soportados y se prohíbe el doble reconocimiento de un mismo servicio. La Superintendencia Nacional de Salud vigilará el cumplimiento de estas disposiciones.