Empresas tendrán que pagar a trabajadores despedidos si no cumplen con esta regla

La reforma laboral planteó diferentes cambios que benefician a los empleados y que busca darles una mejor vida.
Los empleadores deberán tener en cuenta las nuevas reglas de juego para no caer en irregularidades.
Los empleadores deberán tener en cuenta las nuevas reglas de juego para no caer en irregularidades. Crédito: Freepik

Los empleados deben tener garantías de un trabajo seguro y con el cumplimiento completo de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, que incluye pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios sociales complementarios que se definen en la Ley.

Luego de que se aprobara la reforma laboral propuesta por el actual gobierno nacional, se establecieron reglamentos que favorecen al trabajador colombiano. Cabe destacar que no solo se trata de las horas laborales semanales, que se reducirá progresivamente sin la necesidad de un descuento en el salario, ni de la garantía de un menor tiempo de trabajo para la pensión de mujeres; también los contratos cambiaron y de ahora en adelante las empresas deberán cumplir con los estatutos establecidos por la ley.

Es importante que la empresa, y el empleado sobre todo, comprenda qué tipo de contrato firma antes de iniciar sus labores, con el fin de no caer en malentendidos. Por su parte, las empresas actúan bajo los estatutos establecidos, por lo que tienen, además, la responsabilidad de explicar a este qué se firmará.

Empleado en oficina
Los empleados deben tener en cuenta qué tipo de contrato firmaron. Crédito: Freepik

Las empresas deberán pagar a un empleado despedido si no cumplen esta regla

Luego de la sanción de la Ley 2466, que introduce cambios en los derechos laborales en el país, se estableció que cuando un empleado es contratado a término fijo, ha de tener en cuenta que no se puede exceder de los cuatro años. Si supera esta cantidad de tiempo, se comprenderá que, en realidad, se trata de un contrato a término indefinido desde que se presenta el documento.

Pero hay que tener en cuenta que hay dos prórrogas permitidas por la ley en este rubro: prórroga pactada y automática. De acuerdo con el artículo 46 de la ley mencionada anteriormente, se establece que la prórroga pactada es la renovación de un contrato cuando hay acuerdo de ambas partes. Lo anterior, siempre y cuando el contrato se establezca por tiempos menores a un año. No obstante, "después de la cuarta prórroga, el contrato no podrá renovarse por un período inferior a un (1) año".

Por otra parte, la prórroga automática se establece "si con treinta (30) días de antelación al vencimiento del plazo pactado o su prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, este se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de su prórroga, según sea el caso, sin que pueda superarse el límite máximo de cuatro (4) años previsto en este artículo".

De acuerdo con la norma, el recargo de domingos y festivos, que antes se pagaba al 75%, aumentó al 80% desde julio de 2025.
La empresa debe avisar al empleado si continúa o no laborando para esta.Crédito: Freepik

¿Qué pasa si una empresa incumple con la normativa?

En su cuenta de redes sociales, el abogado especializado en derecho tributario y laboral, Santiago Salazar, indicó que siempre debe anticiparse el anunció del fin del contrato, al menos, un mes antes de que se acabe el vínculo entre empresa y empleado: "Si avisan con veinte, diez o el mismo día que se finalizaba el contrato, este se renueva automáticamente por el mismo periodo inicial.

El especialista también indicó que si una persona es despedida antes de que se finalice el contrato establecido entre ambas partes, el trabajador deberá recibir la indemnización por parte de la empresa, teniendo en cuenta el tiempo de renovación.

Es decir, si una empresa y un empleado firmaron un contrato por un año, y la compañía no le avisa a un trabajador que su contrato se acaba antes del tiempo establecido por la ley, deberá indemnizarlo por el tiempo que le quede por "cumplir"; o sea, un año más.

Por ello es importante que la empresa deje claro que no renovará a un empleado, para evitar problemas en la indemnización.





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