Ya está listo el proyecto de ley para regular la protesta social

El Esmad podría utilizar nuevas armas no letales como las Taser, para controlar a los violentos.
CANTO POR COLOMBIA
Crédito: Sistema Integrado Digital - Daniel Ianinni

Debido a los hechos de violencia que se han presentado durante algunas de las manifestaciones ciudadanas que se desarrollan en medio del paro nacional, se ha puesto sobre la mesa la necesidad de tramitar un proyecto de ley estatutaria para regular la protesta social en Colombia.

LA FM conoció que el texto de la iniciativa ya está listo y será radicado en las próximas horas en el Congreso de la República.

La propuesta será presentada por el senador conservador Juan Diego Gómez y contiene los elementos suficientes para garantizar el derecho a movilizarse pacíficamente.

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En el proyecto se establece cuáles son las obligaciones del Estado, de la Policía y el Esmad y de los promotores de las protestas antes, durante y después de las mismas.

Para los manifestantes:

Uno de los puntos fundamentales es que se prohibiría la presencia de encapuchados durante cualquier tipo de marcha.

El proyecto establece que: “No se permitirá la presencia de encapuchados o de personas que empleen cualquier mecanismo que impida su identificación en el desarrollo de la manifestación o en los comunicados que sirvan como medio de invitación a participar en marchas”.

Asimismo, se establece que las personas que participan en la movilización, no podrán usar elementos contundentes para atentar contra la Fuerza Pública o el patrimonio público y privado.

“No se permitirá el uso de cualquier elemento que pueda ser empleado para atentar en contra de la integridad física de los miembros de la fuerza, terceros y el patrimonio público y/o privado. Su uso implicará la imposición de sanciones señaladas en la presente Ley”, indica.

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Habrá lugares prohibidos a la hora de adelantar una manifestación. “solo se podrá marchar o reunirse pacíficamente a una distancia de 500 metros de hospitales, centros de salud, puertos marítimos y fluviales, aeropuertos y bienes considerados como patrimonio cultural”.

Los marchantes tampoco podrán grafitear los bienes de los colombianos: “Están prohibidos los grafitis o cualquier mecanismo para marcar, sobreponer, escribir, destruir, obstruir los bienes de carácter público y privado en ejercicio de la manifestación social en lugares no autorizados por el reglamento para el efecto”, añade el texto del proyecto.

Para el Esmad y el Estado:

El proyecto reglamenta la norma constitucional que obliga al Gobierno y al Estado colombiano a garantizar el buen desarrollo de la protesta pacífica en el país.

Sin embargo, le entrega algunas herramientas para proteger a los manifestantes y también preservar la vida, honra y bienes de los colombianos que no participan en las marchas.

El Esmad, según la iniciativa, podría utilizar armas no letales para controlar a los violentos, incluidas las pistolas Taser. “El ESMAD, la policía nacional y el ejército nacional deberán emplear equipamiento y armamento tales como pistolas eléctricas tipo Taser y las demás que permitan el control de los actos violentos sin afectar la integridad física de ningún interviniente. No podrán utilizar armas de fuego”.

La Fuerza Pública deberá acudir a los sitios en donde se esté desarrollando la protesta con los siguientes elementos:

-Una (1) ambulancia por cada trescientos (300) miembros de la fuerza pública que deban intervenir para recuperar el orden público.

-Un (1) equipo de bomberos contra incendio por cada quinientos (500) miembros de la fuerza pública que deban intervenir para recuperar el orden público.

También deberán “prohibir que en el ejercicio de la manifestación que se presenten encapuchados o personas que no permitan su identificación”.

Los integrantes del Esmad o de la Policía podrán, “cuando la jurisdicción territorial así lo permita”, dirigir a los manifestantes violentos y a los saboteadores de la manifestación social a lugares especializados de reclusión para iniciar la imposición de las sanciones correspondientes.

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Los castigos:

Los promotores de la protesta social que violen las restricciones contenidas en esta ley, podrían enfrentarse a tres tipos de castigos: Sanciones económicas, pedagógicas o pérdida de beneficios educativos.

Estarían expuestos a pagar multas que van desde los 5 hasta los 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

También podrían ser obligados a prestar servicio social, a pedirle perdón a la ciudadanía por las faltas cometidas durante la manifestación, participar en campañas educativas y desarrollar actividades de limpieza en las calles y los bienes públicos afectados durante la protesta.

De igual forma, si se comprueba que los actos de vandalismo fueron protagonizados por estudiantes, podrían perder beneficios educativos adquiridos como créditos del Icetex, becas, entre otros.

El proyecto de ley también obligaría a los promotores de la protesta a adquirir una póliza de seguro especial que cubra la totalidad de los daños que eventualmente sean causados durante las marchas. También se crearía un fondo especial para indemnizar, por una sola vez, a los comerciantes que resulten afectados por las movilizaciones sociales.

Este es el texto del proyecto de ley para reglamentar la protesta social:



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