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Congreso será quien decida si sesiona o no virtualmente: Presidente de C. Constitucional

El magistrado aclaró que la decisión de las sesiones virtuales son propias del Congreso y no del Gobierno.

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Actualizado:
Viernes, Julio 10, 2020 - 10:58
Congreso de la República - instalación
El ruido para el Gobierno se da desde la Supersociedades.
Colprensa

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Alberto Rojas Ríos, aclaró que la decisión que se adoptó en las últimas horas de tumbar el artículo presidencial con el que se autorizaba las sesiones virtuales en el Congreso de la República, lo que establece es que el ejecutivo no puede tomar esa determinación, sino que la misma debe ser adoptada directamente por los senadores y representantes a la Cámara de esa corporación.

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El magistrado también precisó que la Corte Constitucional lo que hizo fue establecer la total autonomía del Congreso y agregó que si deben sesionar virtualmente a raíz de la emergencia por el coronavirus lo pueden hacer, pero agregó que los congresistas son quienes deben decidirlo a través de un proceso jurídicamente válido.

“Yo creo que sí se pueden hacer sesiones virtuales. La Corte admite que el Congreso de la República puede tomar la decisión que quiera, pero debe tomarla él y no ninguno de los poderes públicos (…), por eso nosotros tampoco podemos dar órdenes de cómo debe actuar el Congreso. Ellos actual conforme a los reglamentos y a la constitución”, señaló.

El magistrado también agregó que la decisión de la Corte Constitucional se sustenta en garantizar la autonomía del Congreso.

“Con qué autoridad moral una Corte actuando virtualmente, decide que el Congreso no debe hacerlo de la misma forma”, señaló.

El presidente de la Corte de la Constitucional, aseguró en RCN Radio que el decreto presidencial establecía que desde el 28 de marzo, todos los órganos de todas las ramas del poder público podían sesionar de manera virtual.

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“¿Puede el presidente de la República, aún en emergencia intervenir sobre la manera como los demás poderes públicos, ejercer sus funciones? La Constitución dice que no, dicen los elementos de la democracia que no. En la medida que uno admita que un poder público puede intervenir en la competencia, empieza a sentirse un vacío inmenso en la democracia”.

Al mismo tiempo, aclaró que la decisión fue tomada por el presidente de la República, Iván Duque, quien fue elegido legítimamente, aunque precisó que el panorama sería distinto si eso mismo ocurriera en otros países de Latinoamérica donde hay dictaduras.

“Imagínense un presidente con alguna sombra en el ejercicio de sus funciones  y no quiero hablar de los vecinos (…), que llegue a tomar una decisión de estas, pues es un déspota porque confinó al Congreso y además confinó las Cortes, eso es inadmisible”, manifestó.

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En ese sentido, indicó el magistrado indicó que “la disposición que tomó la Corte Constitucional no desconoce la situación de emergencia que estamos viviendo” y agregó que frente a las circunstancias que vive el país por la propagación del coronavirus, el Congreso debe tener reglamentado cómo se actúa

Finalmente, el ,magistrado Alberto Rojas Ríos, concluyó que lo importante de todo este proceso es actuar dentro de la normalidad jurídica.

Fuente:
Sistema Integrado de Información