La Corte Suprema de Justicia ratificó que no apoya el proyecto de ley de sometimiento

La Sala Penal del alto tribunal realizó varias observaciones y puso como centro del debate a las víctimas del conflicto.
Sala altas Cortes
Corte Suprema emitió concepto desfavorable por la ley de sometimiento Crédito: Cortesía prensa altas Cortes

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia formuló varias observaciones y manifestó su desacuerdo frente al proyecto de ley para el sometimiento de organizaciones al margen de la ley que impulsa el ministro de Justicia, Luis Eduardo Montealegre.

El alto tribunal remarcó que, pese a que es apreciada la firma del Acuerdo de Paz entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las extintas Farc en 2016, posteriormente han aparecido "diversos grupos armados y criminales", entre ellos, las disidencias del grupo guerrillero, lo que plantea dinámicas territoriales complejas de cara a futuros procesos de paz.

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"Precisamente, por tratarse de un tema tan delicado que reclama una estrategia de sujeción o sometimiento sólida, permanente y efectiva, la Sala de Casación Penal considera que la construcción de una propuesta de esta envergadura necesita mayor deliberación pública, consensos más robustos y un análisis más reposado", sostuvo la Corte.

Una de las preocupaciones de la Sala Penal es que la propuesta permitiría ofrecer beneficios penales a los actores armados "sin considerar los déficits existentes en la política de atención y reparación a víctimas".

Es decir, el proyecto solo se concentra en los responsables de actos criminales, no en las víctimas, cuando son dos asuntos que "deberían contar con el mismo nivel de atención y una significativa articulación por parte de todas las autoridades".

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Otra de las críticas apunta a que, si bien es cierto que actualmente el Gobierno adelanta conversaciones con grupos armados, por encima de todo deben garantizarse los derechos de las víctimas.

La búsqueda de paz "bajo ninguna circunstancia puede invisibilizar o banalizar los esfuerzos que ha hecho el país, en su historia reciente, en la implementación de los modelos transicionales anteriores", subrayó la Corte, indicando que frente a las personas que hayan delinquido luego de pasar por Justicia y Paz o por la JEP "no debería aplicarse un sistema de justicia transicional, pues el Estado ya les ofreció uno y deshonraron esa posibilidad".


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