Caso Uribe: abogado dice que Fiscalía no probó que Cadena y el expresidente sabían que "versión que iban a presentar testigos era falsa"

El abogado Santiago Trespalacios afirmó que dar dinero o ayudas a testigos no es delito en Colombia, salvo que se pruebe que fue para inducir una mentira.

A pocos días de conocerse el sentido del fallo en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe, el abogado penalista Santiago Trespalacios explicó en La FM de RCN Radio que preparar testigos y ofrecerles ayudas económicas o judiciales no constituye un delito en Colombia, siempre que no se busque alterar la verdad.

“El tipo penal de soborno en actuación penal requiere que ese ofrecimiento tenga como finalidad que el testigo mienta o calle la verdad. Si no es así, no hay delito”, enfatizó el jurista, especialista en Procesal Penal y magíster en Teoría del Delito.

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Trespalacios hizo estas declaraciones en medio del debate público que ha rodeado el proceso penal contra el expresidente Uribe, cuyo sentido del fallo se conocerá este lunes 28 de julio. En el caso se analiza si el exmandatario tuvo responsabilidad en la presunta manipulación de testigos a través del abogado Diego Cadena.

El penalista recordó que la Corte Suprema de Justicia ha señalado que la preparación del testigo es no solo legal, sino necesaria. “Ayudarle con los pasajes, incluso con ciertos gastos o remuneraciones, no es un comportamiento prohibido. Lo hacen entidades del Estado mediante recompensas o sistemas de protección a testigos”, indicó.

Sobre el proceso específico, explicó que se habrían ofrecido ayudas económicas y apoyo jurídico a testigos como Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez. Sin embargo, recalcó que no se probó que esos beneficios tuvieran como propósito torcer la verdad ni que fueran ordenados por Uribe.

En este punto, fue enfático al señalar que la Fiscalía no cumplió con lo que prometió probar: “Yo considero que la Fiscalía satisfizo algunas de las promesas que planteó, pero en general no cumplió con lo que ella misma dijo en la acusación, en los alegatos iniciales y en los finales”.

Más aún, añadió que el ente acusador tenía la carga de demostrar que tanto Diego Cadena como el expresidente Uribe sabían que los testigos iban a mentir y aun así decidieron auspiciar, patrocinar o estimular esa versión falsa. “La Fiscalía no probó eso, y debía hacerlo”, afirmó.

En su concepto, si Diego Cadena creía que las retractaciones corregían mentiras pasadas, habría incurrido, a lo sumo, en un error de tipo, lo cual no configura delito.

Respecto a la actuación de Uribe, Trespalacios agregó: “El expresidente se habría enterado de esas ayudas cuando ya se habían entregado. Por ejemplo, en el caso de Vélez, la supuesta ayuda humanitaria se dio nueve meses antes de que Uribe tuviera conocimiento, según testigos del proceso”.

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El abogado también comparó este tipo de actuaciones con los principios de oportunidad que utiliza la Fiscalía. “Los fiscales negocian beneficios con personas que van a testificar, las orientan sobre qué información sirve y qué no. Eso tampoco es delito mientras no se busque que el testigo mienta”, explicó.

Finalmente, señaló que el análisis jurídico debe distinguir entre la intención de influir en la verdad de los hechos y la legítima estrategia procesal. “No se trata de torcer la verdad, sino de garantizar el acceso a la justicia, como ocurre en cientos de procesos en Colombia”, concluyó.

*Este contenido fue hecho con ayuda de Inteligencia Artificial.


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