Juzgado de Cartagena ordena a la Dian no embargar a Reficar

La justicia ordena a la Dian frenar embargos y cobros a Reficar mientras se decide la legalidad del millonario reclamo por IVA.
El conflicto surgió después de que la Dian cambiara su interpretación sobre estas operaciones y concluyera que sí deben pagar el 19 % del IVA.
El conflicto surgió después de que la Dian cambiara su interpretación sobre estas operaciones y concluyera que sí deben pagar el 19 % del IVA. Crédito: Ecopetrol

El Juzgado Segundo de Familia de Cartagena ordenó a la Dian suspender cualquier intento de cobro o embargo contra la Refinería de Cartagena (Reficar), filial de Ecopetrol, mientras la justicia contencioso–administrativa define si es legal o no el millonario cobro por concepto de IVA a las importaciones de gasolina y ACPM provenientes de zona franca.

¿Por qué la Dian reclama más de un billón de pesos a Reficar?

El conflicto surgió después de que la Dian cambiara su interpretación sobre estas operaciones y concluyera que sí deben pagar el 19 % del IVA. Con base en esa nueva doctrina, la entidad expidió seis Requerimientos Especiales Aduaneros (REA) por importaciones hechas entre 2022 y 2024, reclamando cerca de $879.000 millones, cifra que con intereses asciende a $1,32 billones.

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El 30 de octubre, la Dian notificó a Reficar su intención de iniciar cobro coactivo y avanzar en embargos. Sin embargo, la empresa interpuso una acción de tutela para frenar esas medidas mientras se estudia la demanda de nulidad que presentará ante la jurisdicción contenciosa.

¿Qué determinó el juzgado frente al riesgo de embargo?

El pasado 19 de noviembre, el juzgado ordenó a la Dian “abstenerse de iniciar, continuar o ejecutar medidas de cobro coactivo, embargos, bloqueos de cuentas, órdenes de retención o cualquier actuación ejecutiva” relacionada con las liquidaciones en disputa. La decisión cobija cualquier intento de bloqueo de cuentas bancarias o comunicaciones a entidades financieras.

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Aunque la Dian aseguró ante el despacho que no existe un embargo inminente ni un proceso de cobro formal en curso, el juzgado determinó que las pruebas sí muestran un riesgo real e inmediato para la operación de la refinería.

La juez concluyó que, de ejecutarse las decisiones administrativas, los efectos serían “irreversibles en el corto plazo”, y que los mecanismos judiciales ordinarios —aunque adecuados para revisar la legalidad del cobro— no son suficientes para evitar un posible perjuicio económico y operativo.

Por ello, la medida cautelar se adopta únicamente para evitar un daño irremediable, sin interferir con la decisión de fondo que deberá tomar un juez administrativo sobre la validez del cobro realizado por la Dian.

El expediente fue remitido a la Corte Constitucional para eventual revisión, como ocurre en este tipo de tutelas.

¿Qué decisión de la Dian originó el choque jurídico con Reficar?

El pleito nace del cambio que hizo la Dian al interpretar el IVA que se aplica a la gasolina y el diésel importados desde zona franca por Reficar. Ese giro tributario elevó la tarifa del 5 % al 19 % con efecto retroactivo desde 2022, generando para la refinería un presunto saldo pendiente que supera los $1,5 billones.

Aunque Reficar advirtió que un embargo la obligaría a detener operaciones en pocos días, la Dian aseguró hace semanas que no existía un embargo en curso ni una actuación coactiva iniciada. Sin embargo, la empresa aportó pruebas de requerimientos, liquidaciones y notificaciones previas que, según sus abogados, demostraban un riesgo real de ejecución inmediata.

Por eso, el juzgado concluyó que sí había un peligro inminente de que la Dian activara medidas de cobro, y que sus efectos serían irreversibles para la refinería. Con ese argumento, ordenó a la entidad abstenerse de iniciar o ejecutar cualquier embargo mientras la justicia contenciosa define si el cobro es legal.


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