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Reforma a la salud: Niegan tutela que buscaba que su trámite fuera como ley estatutaria

Varios congresistas alegaron una violación al debido proceso.

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Actualizado:
Viernes, Marzo 3, 2023 - 19:12
Hospital
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pixabay / 1662222

El juzgado 15 laboral de Bogotá negó una acción de tutela instaurada por varios congresistas que alegaron una violación al debido proceso, tras apelar la decisión de tramitar el proyecto de reforma a la salud, como una ley ordinaria y no estatutaria.

Esta demanda había sido instaurada, por parte de los representantes a la Cámara, Óscar Leonardo Villamizar Meneses, Juan Felipe Corzo Álvarez, Eduar Alexis Triana Rincón, José Jaime Uscátegui Pastrana, Juan Fernando Espinal Ramírez, Yulieth Andrea Sánchez Carreño y Erika Tatina Sánchez Pinto en contra del presidente de la Cámara, David Racero.

Para el juez, no se presenta un desconocimiento del debido proceso, porque el asunto no se le dé el trámite que uno considere que se le debe dar, o porque no se acompase con la interpretación que se tenga del mismo.

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De acuerdo con el juzgado, la posición del presidente de la Cámara de Representantes para este caso no se tornó “grosera o absurda, simplemente el señor presidente aplicó una de varias interpretaciones que admite el asunto y frente a lo cual es improcedente que este juez constitucional, entre a inmiscuirse y lo procedente legal y constitucionalmente, será entonces declarar improcedente la presente acción de tutela”.

En este caso lo que ocurrió es que el presidente de la Cámara de Representantes decidió no tramitar la apelación elevada por los congresistas en la plenaria de la cámara, argumentando que por tratarse de un proyecto de ley que contenía petición de facultades extraordinarias para el presidente de la República, se debía surtir convocando a los presidentes de las siete comisiones para que ellos resolvieran.

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Fue así como los presidentes de las siete comisiones decidieron por una mayoría de cinco votos darle el trámite al proyecto como una ley ordinaria y no estatutaria, como aspiran los demás representantes.

Fuente:
Sistema Integrado de Información