Muerte de Martín Elías: Fiscalía pidió ratificar condena al conductor del cantante

Según la Fiscalía Armando Quintero Ponce conducía el día del accidente a más de 150 kilómetros por hora.
Conductor de la camioneta que se accidentó y murió Martin Elías
Conductor de la camioneta fue condenado a 32 meses de prisión por el accidente en el que murió Martín Elías. Crédito: Colprensa / Instagram @mandoquinterop

La Fiscalía General solicitó a la Corte Suprema de Justicia dejar en firme la condena de 32 meses de prisión impuesta por el Tribunal Superior de Sincelejo a Armando Quintero Ponce, conductor del cantante vallenato Martín Elías Díaz, por su supuesta responsabilidad en la muerte del artista, en hechos ocurridos en medio de un accidente de tránsito ocurrido el 14 de abril de 2017, en carreteras del departamento de Sucre.

Su muerte se produjo poco después de que el artista vallenato, hijo del fallecido Diomedes Díaz, realizara un concierto en el municipio de Coveñas durante la Semana Santa de 2017.

El fiscal delegado pidió a los magistrados ratificar la sentencia contra Quintero Ponce alegando que las pruebas son contundentes al demostrar que el día del accidente conducía a 157 kilómetros por hora, lo que representa un claro exceso de velocidad, mientras transitaba por vías de San Onofre, Sucre, más exactamente en el corregimiento de Aguas Negras, donde hoy reposa un monumento a su memoria.

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Además, para la Fiscalía el conductor, quien actuaba como garante respecto de la vida del artista, omitió las medidas de seguridad, establecidas en las normas de tránsito, y le permitió al cantante Martín Elías que no portara su cinturón de seguridad.

“Quintero Ponce tenía posición de garante respecto de la vía del occiso y los demás ocupantes del carro, en tanto era el conductor del mismo (…) En términos del artículo 25 penal, condujo a una velocidad excesiva, lo que incrementó de manera ostensible el peligro de esa actividad riesgosa, con lo cual creó con antelación al hecho una situación antijurídica de riesgo máximo para el bien jurídico de la vida”, dijo el fiscal delegado.

Así mismo, el fiscal a cargo del proceso señaló: “Ocurriendo lo propio cuando permitió que un pasajero, el denominado copiloto, lo acompañara sin ponerse el cinturón de seguridad. De esta manera, cuando el agente crea con antelación una situación antijurídica de riesgo para el bien jurídico, adicional al permitido, adquiere la posición de garante frente a las personas sometidas a dicho peligro y si se concreta el resultado lesivo debe ser sujeto de imputación”.

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Por su parte, la defensa de Quintero Ponce, quien instauró el recurso de casación para que sea revisada la condena, planteó que el artista vallenato fue quien solicitó que viajaran con exceso de velocidad e incluso varias personas cercanas a Martín Elías reconocen que el cantante solicitaba a sus conductores transitar más allá de los límites de velocidad permitidos.


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