Mauricio Parra, alias 'El Quesero', seguirá en prisión por caso Surtrifruver

Una juez de garantías suspendió la diligencia en la que se solicitaba la revocatoria de la medida de aseguramiento.
Mauricio Parra había pedido pista en la JEP
Mauricio Parra es investigado por el crimen de Jhonny Alonso Orjuela, dueño de Surtifruver. Crédito: Fiscalía

La juez 73 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá decidió suspender la audiencia de solicitud de revocatoria de la medida de aseguramiento que hizo la defensa de Mauricio Parra, conocido como ‘El Quesero’, hasta que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) no defina la apelación que cursa en esa instancia sobre el sometimiento de Parra.

Su argumento se basó en que primero debe definirse la apelación en la justicia especial, teniendo en cuenta que también incluye la petición de libertad condicionada, de ser aceptada la solicitud de sometimiento a este tribunal de paz.

A Parra lo están investigando por el homicidio de Alonso Orjuela, el dueño de la cadena de negocios Sutifruver.

“Se suspende el trámite de solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento, solicitada por la defensa del señor Mauricio Parra, hasta tanto se resuelva de manera efectiva el recurso de apelación", explicó.

Indicó que dicha apelación fue "interpuesta en contra de la resolución proferida el 13 de mayo de 2019, que resolvió negar la petición de libertad condicionada, por el delito de homicidio agravado y a partir de ello se reanude la actuación en la jurisdicción ordinaria penal, incluyendo el trámite de las solicitudes formuladas ante un juez de control de garantías”.

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El abogado Alejandro Carranza había solicitado la revocatoria de la medida de aseguramiento, argumentando que su defendido no representa un riesgo para la sociedad; además, ha demostrado su interés de colaborar con la justicia y lleva más de dos años privado de la libertad en la cárcel La Modelo de Bogotá.

La funcionaria judicial también le pidió a la JEP que informe cuál es el estado actual de la apelación en el caso de Parra; de no existir una decisión, le solicitó que el juzgado 73 Penal Municipal con Función de Control de Garantías sea notificado para dar trámite a la petición de la defensa de Parra.

En el regaño, la juez consideró equivocado que mientras que se solicitaba ante la JEP que Mauricio Parra fuera admitido por el crimen de Alonso Orjuela, también se acudieran a toda clases de recursos para obtener su libertad.

En su intervención, explicó que en más de una oportunidad la defensa de Parra pidió la libertad, por vencimiento de términos, aunque en algunos casos decidieron retirarla y en otros los funcionarios judiciales fallaron en contra.

Según la juez, esto se constituye en un incumplimiento al principio de lealtad procesal que rige la rama judicial.

“No puede pasar por alto este juzgado y quiere dejar constancia, como ha sido la conducta de la defensa técnica, durante el curso de la actuación penal, toda vez que examinado al detalle el expediente, pudo verificarse como su actuar, ha sido de mala fe”, sostuvo.

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En ese sentido, agregó que “debe señalarse que en ese contexto de la actuación del devenir procesal, las vicisitudes que se han presentado en este radicado, se avizora como la petición que se antepone a este despacho, valga decir revocatoria de medida de aseguramiento, que se traduce en un eventual abuso de su propio derecho y está revestido de mala fe”.

Por su parte, el abogado Carranza aseguró que es sorprendente que dentro del proceso, la Fiscalía hubiese utilizado el testimonio, supuestamente falso de Fernando Bahamón Céspedes para incriminar a su defendido. También señaló que nunca ha actuado de mala fe.

Fiscalía General de la Nación

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